Estimados colegas, la consulta es la siguiente:
En un juicio laboral obtuve sentencia favorable en el la cual el jeuz resolvió que por las tareas que hacía mi cliente, le corresponde percibir un adicional del CCT que aumento su sueldo en un 70,5%!!! (sí, leyeron bien...tiene de derecho a reclamar un aumeto del 70,5% por todo el período no prescripto). PERO mientras tramitó el juicio, mi cliente se jubiló en julio/2010, y yo pienso reclamarle a su ex empleador las diferencias por los aportes por ese aumento reconocido judicialmente. Como Uds. sabrán, en derecho laboral la prescripción es de 2 años (+ los 6 meses del Seclo).
¿PERO CUÁL ES EL PLAZO DE PRESCRIPICÓN EN D. PREVISIONAL PARA QUE PUEDA RECLAMARLE AL EX EMPLEADOR SOBRE LAS DIFERENCIAS DE APORTES POR HABERES SUPERIORES A LOS QUE COBRABA?
Gracias a todos. Adrián.
En un juicio laboral obtuve sentencia favorable en el la cual el jeuz resolvió que por las tareas que hacía mi cliente, le corresponde percibir un adicional del CCT que aumento su sueldo en un 70,5%!!! (sí, leyeron bien...tiene de derecho a reclamar un aumeto del 70,5% por todo el período no prescripto). PERO mientras tramitó el juicio, mi cliente se jubiló en julio/2010, y yo pienso reclamarle a su ex empleador las diferencias por los aportes por ese aumento reconocido judicialmente. Como Uds. sabrán, en derecho laboral la prescripción es de 2 años (+ los 6 meses del Seclo).
¿PERO CUÁL ES EL PLAZO DE PRESCRIPICÓN EN D. PREVISIONAL PARA QUE PUEDA RECLAMARLE AL EX EMPLEADOR SOBRE LAS DIFERENCIAS DE APORTES POR HABERES SUPERIORES A LOS QUE COBRABA?
Gracias a todos. Adrián.
Adrián Dessomanzi
Estudio Dessomanzi|Abogados
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