Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • NO INICIAN JUBILACION POR NO ACREDITAR MATRIMONIO

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #754771  por walter80
 
Buenas noches, quería consultar, tengo que presentar una jubilacion de un hombre el cual esta casado, pero con cuya mujer no convive desde 1999, los datos de esta persona estan acreditados, ahora para iniciar el tramite me exigen acreditar el matrimonio, tengo el acta de matrimonio, mis preguntas son;
Primero: es obligatorio que se acredite el matrimonio antes de iniciar un tramite, porque hasta lo que se si no estaba acreditado se colocaba en observaciones que posteriomente se haria el mismo e iniciabas el tramite.
Segundo: para hacer la acreditacion de este vinculo solo tengo que llevar el acta de matrimonio o necesito los documentos de ambos,los datos de ella tambien estan acreditados y viven en dos provincias distintas y no tienen relación desde el 99.
Saludos y desde ya muchas gracias.
 #754773  por fabidoc
 
Conozco alguna UDAI que si la persona dice que es casada, obliga sí o sí a acreditar el matrimonio. A veces las personas se casaron en otra provincia y demora mucho esto, entonces declaro que es soltera. Total para cobrar el salario por esposa hay que acreditar todo luego que sale el beneficio, y ahí sí seguro uno cuenta con los papeles.
Solo tenés que llevar acta de matrimonio actualizada y declarar en el SPP que está separado, para no perjudicar a un posible conviviente.
 #754779  por walter80
 
fabidoc escribió:Conozco alguna UDAI que si la persona dice que es casada, obliga sí o sí a acreditar el matrimonio. A veces las personas se casaron en otra provincia y demora mucho esto, entonces declaro que es soltera. Total para cobrar el salario por esposa hay que acreditar todo luego que sale el beneficio, y ahí sí seguro uno cuenta con los papeles.
Solo tenés que llevar acta de matrimonio actualizada y declarar en el SPP que está separado, para no perjudicar a un posible conviviente.
Muchas gracias fabidoc, en este caso le aparecia en la base de datos que estaban casados y por eso no lo quieren iniciar pero no estaba acreditado ese vinculo, pienso que si les aparece a anses es porque en algun momento acreditaron el matrimonio, pero para que discutir, gracias de nuevo y saludos.
 #754825  por mmmm
 
walter80 cuando te piden una cosa asi, decile que te muestre la circular por la cual es obligatorio pedirte tales datos, no van a saber que decirte, yo se que a veces es un poco violento,pero te aseguro que despues te respetan, esto funciona al reves, si te siguen insistiendo en que no, inicialo por insistencia, no tengas miedo. yo ya lo hice varias veces, y todavia no me mataron, al contrario en una oportunidad no me querian tomar el tramite por q presentaba certificado de defuncion y no partida, perdi toda la mañana, discuti (amable y amigablemente, tampoco es cosa de andar a los tiros) con media Udai hasta que me lo tomaron y lo resolvieron normalmente, no me volvieron a pedir nunca mas las partidas (generalemnte la gente tiene los certificados, por lo menos en pcia de BsAs)
no se me achique walter¡¡¡ que para eso nos pagan
 #756494  por sutriz
 
Buen día
Si tenés la partida de matrimonio actualizada, no necesitas más que esta para acreditar el vínculo, de modo que presentala con copia el día del inicio, te van a certificar la copia y la van a adjuntar al expediente. Tené en cuenta que si te piden acreditar el vínculo y acompañas la partida, seguramente, te van a requerir el F: PS6.9 "DDJJ art. 1 L 17562".

Saludos.