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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #75102  por bea10
 
dos consultas :
1.- vino al estudio una señora que tiene un plan del sican echo del año 7/2006 esta mujer pago la primera cuota y luego el anses siguio descaontando o sea como si estuviera vigente.
el anses le rechazo el pedido de jubilacion porque le faltaban años de aportes o sea tenia que comprar por fuera.
ahora bien mi pregunta es la siguiente Que hago con ese plan Lo tengo que rechazar??? o le liquido SDM hasta cumplir los 30 años que le faltan de la moratoria... me podrian guiar porfavor gracias!!!!!!!!!!!! desde ya

2.- otra pregunta que no esta relacionada con el punto 1, vino una señora para jubilarse extranjera .. para poder jubilarse se toma la fecha de ingreso al pais o la de radicacion????????? otra abogada le dijo que era la fecha de radicacion esto es correcto??????????????
yo sabia que era la fecha de ingreso al pais no de radicacion.
gracias nuevamente Analia

 #75600  por empí©docles
 
1) Paga todas las cuotas vencidas, o rechaza el plan anterior (posiblemente haya sido por 25994).-
2) La fecha que figura en el DNI, la de radicación.-

 #75638  por bea10
 
Gracias empédocles muy amable de tu parte en ayudarme
con respecto a la pregunta del punto 2 entre la fecha de ingreso y radicacion tengo una diferencia de 10 años mal mal mal esta en el horno :cry:
mil gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #75731  por empí©docles
 
Perdón!!!!!!!!!!!!!! es la fecha de INGRESO, NO DE RADICACIÓN

 #75757  por bea10
 
empédocles me hicistes reir mucho, me distes la alegria del fin de semana gracias Analia

 #75774  por estudiomfi
 
Si tomas la fecha de ingreso al pais tenes que presentar el certificado de migraciones en el turno, donde conste que es anterior a la fecha de radicacion.

Si tomas la fecha de radicacion, generalmente no te piden nada mas basta con que conste en el DNI

Por lo menos esta fue mi experiencia

 #75863  por norabe
 
Si la fecha de ingreso figura en el dni, la toman sin problemas; la única vez que tuve inconvenientes fue cuando entre la fecha de ingreso y la de radicación (ambas constaban en el dni) había una diferencia de 24 años.

 #75917  por GIOVANA
 
A tu segunda pregunta la respuesta es que se toma la fecha de ingreso al país, el mes sgte. que figura en el DNI. Tuve un caso de una persona extranjera y consulté en la ANSES y me respondieron eso. Tomé la fecha que me dijeron y no tuve problemas.

 #75992  por bea10
 
GRacias a todos por ayudarme me han dejado ,as claro todavia como es el tema MIL GRACIAS