Buenas Tardes!
Tengo la siguiente consulta: el proveído dice, notifiquese por cédula o cualquier otro medio alternativo...
Es en la etapa previa de un juicio de filiación, donde la contraparte tiene constituido domicilio, debo notificar una audiencia conciliatoria.
El tema es que me sería mucho más fácil notificar por carta documento, por una cuestión de distancia, y ahí mi duda: ¿es válido si notifico la audiencia al domicilio real por carta documento? (ya que el domicilio constituido es una casilla en el colegio de abogados de dicha departamental, por lo que en ese caso, no se como funciona la recepción de la CD)..
Muchas gracias y buen finde...
Tengo la siguiente consulta: el proveído dice, notifiquese por cédula o cualquier otro medio alternativo...
Es en la etapa previa de un juicio de filiación, donde la contraparte tiene constituido domicilio, debo notificar una audiencia conciliatoria.
El tema es que me sería mucho más fácil notificar por carta documento, por una cuestión de distancia, y ahí mi duda: ¿es válido si notifico la audiencia al domicilio real por carta documento? (ya que el domicilio constituido es una casilla en el colegio de abogados de dicha departamental, por lo que en ese caso, no se como funciona la recepción de la CD)..
Muchas gracias y buen finde...