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  • INSANÍA ART 622 CPCC

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #758299  por carpediem777
 
Buen día colegas.... la pregunta concreta...: en el caso de que el presunto insano y el futuro curador definitivo, (hermanos) no tengan trabajo y subsistan solamente con un alquiler de un dpto de sus padres fallecidos...los tribunales de flia ...consideran que "CARECEN DE BIENES"?????'
O por el hecho de que se haya iniciado la sucesión de sus padres que sí tenían bienes, lo consideran como que ellos también los tienen??? Aclaro que a nombre de ellos no hay absolutamente ningún bien...
Pregunto ésto a los efectos de saber que les nombrarán... si el curador provisional será abogado de la matricula ó de pobres y ausentes y si serán psiquiatras o médicos forenses??? GRACIAS ANTICIPADAS AL QUE ME ORIENTE!!!!!
 #758408  por Tiburcio
 
Los curadores oficiales consideran que en este caso el presunto incapaz no es pobre y se resisten a intervenir, pidiendo que se nombre un curador de la lista.
Algo similar sucede con los médicos, psicólogos y demás que ahora exige la ley de internación para formar equipo.
De todas maneras, los honorarios de todos se encuentran alcanzados por el tope del art. 634 del C.Procesal, por lo que nunca pueden exceder en conjunto del 10% de los bienes del incapaz (incluyendo los honorarios de todos los profesionales)
 #758616  por carpediem777
 
GRACIAS TIBURCIO!!!! tu respuesta fue muy clara, cuando nombren curador provisorio...posteo que salió...saludos!!