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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #758482  por ramonas
 
Buenas noches a todos.

Mi consulta es la siguiente.

Quería saber cuales son las responsabilidades del consejo de administracion de edificios, y si es posible no tener conformado uno en un edificio.-
Particularmente mi consulta llega de manos de una sra. que vive en un edificio en el que acaba de asumir un nuevo administrador y éste les está pidiendo que conformen el consejo.-
En el reglamento está previsto que debería existir, pero no se implementó nunca, y la desorganización es grande debido a que con anterioridad la administración estaba en manos de un vecino que no se encargaba de nada, y el resto no exigia.

Esta sra me consulta especificamente cuales son sus obligaciones. No tiene deseos de formar parte del consejo ya que los vecinos no se comprometen con el edificio, es toda gente mayor, y por ser la mas joven del edificio le exigen que forme parte.

Entiendo que no pueden obligarla, pero quisiera saber si hay algun argumento que me apoye en sostener esto, es decir, si por las deficiencias que tiene la administracion el consejo puede verse afectado y acarrear responsabilidades.-

Muchas gracias
 #758703  por eduferry
 
Podriamos debatir largamente el tema, pero en honor a la brevedad consideremos que el Consejo de Administración no se encuentra previsto en norma legal alguna (por lo menos que yo conozca) y si bien es cierto que los Reglamento lo prevén, también es cierto que la mayoría de los consorcios carecen de él. No hay obligación alguna de integrarlo.
Este Consejo tiene acotadas funciones, justamente por no estar reconocido en la ley de propiedad horizontal, y se basan en tareas de fiscalización y control, principalmente de los gastos y reparaciones efectuadas.
Tarea ingrata que nunca prospera sin buena predisposición del Administrador, justamente a quien hay que controlar y cuando se pretende desempeñarlo adecuadamente surgen los problemas (negativas, reticencia en mostrar la documentación, discrepancia en los gastos, etc.).
Lamentablemente muchas veces también la existencia de este consejo y la falta de impugnaciones u observaciones de las rendiciones termina legitimando la actuación de los administradores, que a la larga se escudan en que hay un Consejo para ello y ya auditaron sin observaciones.
Mi óptica sobre el tema puede ser negativa, pero tengo experiencia por haber integrado uno y finalmente vacié muchas veces mis bolsillos mandandole carta documento al administrador, quien jocosamente liquidaba en las expensas las cartas documentos que me enviaba en contestación y honorarios de abogado facturado por la consulta, que pensemos, terminaba pagando también yó al abonar las expensas.
El tema dá para hablarlo una eternidad. Suerte
 #758708  por ramonas
 
Gracias por tu respuesta.
Tu vision negativa al respecto coincide con la mia, voy a tener en cuenta tus palabras para comentarle a la señora que me hizo la consulta.-

Me agrada leer tu optica, porque desconozco como es vivir en edificios y me sirve lo que me contas.

Gracias
 #758802  por eduferry
 
ramonas partiendo de la base que no existe regamentación alguna de la actividad del administrador, que hacen lo que quieren, mucho más grave en provincia porque ni siquiera hay un registro de administradores y ante la imposibilidad casi absoluta de hacerles rendir cuentas o removerlos, porque no puede un copropietario afrontar semejante cruzada y nunca las asambleas se ponen de acuerdo; la verdad que el consejo de administración es una figura que en la práctica no tiene respaldo o aplicación alguna.
Siempre me interesó el tema de la propiedad horizontal pero imposible hasta que no se solucione la orfandad normativa ...
Un gusto suerte