Quisiera que alguien me aclare acerca de la incompatibilidad que tienen las pensionadas para jubilarse. Se que hacen una acción de amparo pero ahí es donde tengo la duda. Si me hacen lugar al amparo puedo iniciar la jubilación y solo pagar la primer cuota o tengo que pagar toda la moratoria de contado. Porque si es así cual es la ventaja de hacer el juicio. Gracias. Natalia
natalia