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 #759100  por yolola
 
HOla amigos tengo un duda procesal!!!

voy a pedir una guarda judicial de un menor (por un tercero, no la madre ni la abuela) y el menor tiene un expte abierto por ABRIGO. la pregunta es la siguiente: presento la guarda en el mismo juzgado pero no se cómo debo hacerlo si iniciar un tramite solo o en ese mismo expte??? porque por la via del incidente (segun mi poco entender) no corresponderia ir, y la medida de abrigo es la causal de la solicitud de la guarda... por eso es que estoy confundida!! no se como hacer para poder iniciarlo y evitar la institucionalizacion del menor.

si alguien me puede orientar en este tema se lo agradeceria enormente!!!

besoss
 #759129  por sole10
 
yolola escribió:HOla amigos tengo un duda procesal!!!

voy a pedir una guarda judicial de un menor (por un tercero, no la madre ni la abuela) y el menor tiene un expte abierto por ABRIGO. la pregunta es la siguiente: presento la guarda en el mismo juzgado pero no se cómo debo hacerlo si iniciar un tramite solo o en ese mismo expte??? porque por la via del incidente (segun mi poco entender) no corresponderia ir, y la medida de abrigo es la causal de la solicitud de la guarda... por eso es que estoy confundida!! no se como hacer para poder iniciarlo y evitar la institucionalizacion del menor.

si alguien me puede orientar en este tema se lo agradeceria enormente!!!

besoss
Tenes que pedir la radicaciòn por conexidad, por ante el mismo juzgado/tribunal dònde tramita el abrigo, se inicia en Receptorìa Gral.de Expedientes y va a tramitar separadamente pero no como incidente, al menos en mi experiencia, ha sido asì.
*suerte*
 #759144  por yolola
 
Gracias Sole yo pensaba hacer asi!! y sino pensaba presentarme en el expte de abrigo, para no perder el tiempo,y que el juez decida si tengo que iniciar aparte.
y otra cosa... estoy leyendo jurisprudencia y el codigo y me queda una duda, siendo la madre de la menor, tambien menor de edad!!! tendría que solicitar una tutela antes de la guarda judicial???
 #759696  por sole10
 
yolola escribió:Gracias Sole yo pensaba hacer asi!! y sino pensaba presentarme en el expte de abrigo, para no perder el tiempo,y que el juez decida si tengo que iniciar aparte.
y otra cosa... estoy leyendo jurisprudencia y el codigo y me queda una duda, siendo la madre de la menor, tambien menor de edad!!! tendría que solicitar una tutela antes de la guarda judicial???
Si la madre es menor de edad, la tutela naturalmente la ejercen sus padres (ergo, no hace falta pedirla); salvo que èstos hayan fallecido, hecho abandono, etc., en ese caso alguien debe representarla legalmente para lo que sì habrìa que pedirla.