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 #758230  por MARTINDAGOSTINI
 
Hola a todos mi nombre es Martin D´Agostini y soy nuevo en el foro y también en el ejercicio de la profesión, soy de Tucuman. En esta oprtunidad es mi primera publicación y quiero consultarle por un caso que tengo que llevar.

Resulta ser que mi cliente fue condenado a prisión perpetua.
fechas:

fecha del hecho 18/6/2000
fecha de la sentencia: 29/11/2002
pena : prision perpetua

Resulta que el caso me llega para que yo le haga la ejecución de sentencia (ley 24.660) y le conceda los beneficios que dicha ley plasma.

El problema es que no lo puedo hacer entrar en dicha ley porque para acceder a los beneficios debe tener 15 años de prisión efectiva para el caso de la prisión perpetua.

Yo inicie vía poder ejecutivo un expediente para reducción de la pena (fijación) para que me den un numero exacto con el cual trabajar y que según el criterio gral, de la cámara penal (de Tucuman) sería de 25 años, pero ese expediente sabrán bien es burocracia pura y se va a demorar todo lo que quiera, ya que desde el año 2005 que no hay reducción ni fijación de penas por el ejecutivo en Tucuman.

El problema mió es que cuando pido salidas de mi cliente tengo que apelar al excelentísimo criterio de la cámara y es una suerte de lotería.

Vale aclarar que mi cliente desde la fecha de entrada al penal hasta hoy tiene Conducta Ejemplar.

Como sigo este caso? ¿Por donde puedo entrar a la 24.660? ¿ como puedo hacer para que le den un mejor tratamiento o mayor frecuencia de salidas, o mejorar su situación en cualquier aspecto?

Gracias!!!!

Espero las respuestas!

Saludos
Martin D´Agostini.
 #758294  por romulo
 
Cuanto tiempo lleva detenido, estudia y trabaja? cuestiona por inconstitucional la perpetua y el limite temporal de cumplimiento para acceder a los beneficios. A TUS ORDENES Y SUERTE!!!!!!!!
 #759109  por MARTINDAGOSTINI
 
Esta detenido desde la fecha del hecho 18/6/2000. que si no me fallan los cálculos son 11 años y 3 meses. Trabaja en tareas del penal, nada extramuros y no estudia pero le estoy haciendo ese tramite. Quiere estudiar licenciatura en geografía en la universidad nacional y estoy en ello.

Que opinas al respecto?

Como sigo?
 #759112  por romulo
 
Creo que no estas computando el dos por uno, fíjate, continua gestionando los estudios y que pase a un penal con régimen menos estricto, de conformidad con la progresión de la ley 24.660. SUERTE!!!!
 #759141  por MARTINDAGOSTINI
 
Maestro. gracias por la atención al post.

Segun mis calculos y decime si es que me equivoco, no le corresponde el dos por uno porque la ley del dos por uno se le aplica a los detenidos que pasaron en esa situación dos años o mas sin sentencia. Y en este caso, el fue detenido en junio del 2000 y la ley del dos x uno fue derogada en mayo del 2001, y hasta ese tiempo mi cliente no tenia dos años de detención, solo 11 meses; por más que en su caso le dictaron sentencia en noviembre del 2002 y ya habian pasado 2 años y 5 meses.

Q opinas?
 #759149  por romulo
 
Si, pero el fue detenido antes, y por el principio de la ley mas benigna se le debe aplicar, solicítalo aunque te den un día mas por cumplido ya esta justificado tu trabajo y ni te cuento para la persona que esta privada de su libertad, un minuto es una eternidad. SUERTE!!!!!!!!!!! Y LO DE LOS DOS AÑOS ES COMO MÁXIMO PARA TENERLO EN PRISIÓN PREVENTIVA. Y SI TU CLIENTE ESTUVO 2,5 AÑOS , POR QUE NO LE CORRESPONDE?
 #759683  por MARTINDAGOSTINI
 
Capo: el estuvo 2 y 5 meses detenido hasta la sentencia, eso esta claro. Pero a los 11 meses de esa detención se derogó la ley. por eso es que para mi pensar (muy del derecho civil) esa ley no le corresponde que se le aplique porque no llegó a los 2 años que pide la ley como requisito para entrar dentro del beneficio del dos x uno. me explico?

Lo que vos me decís de la ley mas benigna es verdad. pero en este caso se aplica?

gracias de nuevo.
 #760063  por romulo
 
En todos los casos se aplica- olvídate de civil cuando análisis penal- rige lay ley del momento del hecho - si es mas benigna- , hace la cuenta y solicita en ejecución, después me contas, suerte!!!!!!!!!! Esto es básico para ejercer en derecho penal y no es lo que a vos te parece, sino, lo que estipula la ley y los principios del derecho penal!!!!!!!1LOS DOS AÑOS ES COMO MAXIMOoooooooooo!!!!!!!!!!!
 #770809  por MARTINDAGOSTINI
 
QUERIDO COLEGA: PREGUNTO.

FECHA DE DETENCIÓN 18/06/2000 (ESTAMOS DE ACUERDO QUE LE CORRESPONDE ENTRAR EN LA 24.390)
FECHA DE SENTENCIA: 29/11/2002 (LE DICTAN SENTENCIA LA SALA- PRISIÓN PERPETUA)
FECHA : 03/02/2003 (SE INTERPONE RECURSO DE CASACIÓN)
FECHA : 13/02/2003 ( SE HACE LUGAR AL MISMO)
FECHA : 03/02/2005 (CORTE SUPREMA DESESTIMA RECURSO DE CASACIÓN)
FECHA : 25/02/2005 (CORTE DA POR CONCLUIDO Y REMITE CAUSA A LA SALA)

LA PREGUNTA DEL MILLÓN ES:

ESTAMOS DE ACUERDO QUE LE CORRESPONDE EL 2X1 POR LA FECHA DEL HECHO, ENTONCES:
¿COMO LE HAGO EL COMPUTO? ¿CUANTO ENTRA EN EL 2 X 1?
¿TOMO COMO DEFINITIVO EL DIA DE LA SENTENCIA DE LA CAMARA O EL DÍA QUE LA CORTE NO LE HACE LUGAR Y DEVUELVE LA CASACIÓN?

GRACIAS Y ESPERO SU RESPUESTA

SALUDOS