Buenas tardes. Les cuento el caso por el que consulto: Pensión directa / Causante: Hombre, nacido 04/10/1954, fallecido 28/05/2011
Trabajo: solo autónomo desde 11/1994 a 02/2007 categoría C y 03/2007 hasta 05/2011 T3 CAT II INGRESOS DDE $25.001
PERIODOS CON DEUDA:
03/1989
04/1992 AL 07/1992
09/1992 AL 02/1993
04/1993 AL 08/1993
12/1993
12/2000 AL 05/2001
11/2001 AL 06/2004
03/2010 HASTA 05/2011
Por lo tanto, sería APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO. Ahora bien, la consulta es sobre la liquidación: pongo que es por ley 24.241, pensión y aplicaría PRESCRIPCIÓN a todo lo anterior a 09/1993 y por el resto de la deuda lo dejo como está y solicito aplicación decreto 526/95 por esos períodos???
Estuve leyendo otros posteos y creo que sería así, por ahí alguien me puede corregir! muchas gracias
Trabajo: solo autónomo desde 11/1994 a 02/2007 categoría C y 03/2007 hasta 05/2011 T3 CAT II INGRESOS DDE $25.001
PERIODOS CON DEUDA:
03/1989
04/1992 AL 07/1992
09/1992 AL 02/1993
04/1993 AL 08/1993
12/1993
12/2000 AL 05/2001
11/2001 AL 06/2004
03/2010 HASTA 05/2011
Por lo tanto, sería APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO. Ahora bien, la consulta es sobre la liquidación: pongo que es por ley 24.241, pensión y aplicaría PRESCRIPCIÓN a todo lo anterior a 09/1993 y por el resto de la deuda lo dejo como está y solicito aplicación decreto 526/95 por esos períodos???
Estuve leyendo otros posteos y creo que sería así, por ahí alguien me puede corregir! muchas gracias
