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  • DEMANDA POR ACCIDENTE DE TRABAJO SOLO CONTRA LA ART.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #739866  por chichoar
 
depende si vas por la sistémica o por la integral.

por la sistémica:

SÍ O SÍ tenés que ir únicamente contra la ART... (ej típico: accidente in itinere).

por la integral:

podés ir contra la ART, contra el empleador, o contra los dos. fundamentos para ir contra la ART sola: art. 1074 cc y fallo CSJN Torrillo. tenés que probar bien los incumplimientos..

OJO CON LA INTEGRAL!! no va en cualquier caso.


respecto a agotar la vía administrativa,, ni bola le des.. meté demanda directamente.
 #759885  por chichoar
 
Beto escribió:ok, muchas gracias y en que caso no corresponde demandar solo al Art.
en ninguno.

a la ART sola la podés demandar en cualquier caso, pero tenés que justificar el motivo. (la legitimación pasiva)
 #760051  por layeya
 
Chicos yo tengo un caso donde estoy por el empleador. El empleado inició demanda SOLO contra la ART, con fundamento en el art. 1074 del c.c. y subsidiariamente por las prestaciones de la ley 24.557 (en caso que no hagan lugar a la extrasistémica solicita reparación por vía sistémica). El abogado hizo la presentación con patrocinio (y es lo más correcto porque puede comprometer su responsabilidad profesional al demandar solo a la art).
El empleador fue dejado de lado en la demanda, pero la ART al contestar la demanda pide la citación del EMPLEADOR COMO TERCERO. Porque en caso que se haga lugar a la reparación extrasistémica, el empleador pague la diferencia de dinero.
Concluyendo, SI, se puede demandar solo a la ART, no obstante es muy factible que la ART pida la citación del empleador, y entonces éste se vería alcanzado por la sentencia igual.
Lo más probable es que cuando al empledor le llegue la citación como tercero y tenga que contestar demanda, igual sienta ganas de estrangular al empleado como en el caso de mi cliente.
 #763455  por alejandra01
 
que buen post. Ya veo que estamos muchos en casos parecidos.
En mi caso tengo una clienta con hernia de disco y no quiere demandar al empleador. Estoy por pedir seclo y cito solo a la ART.
ahora con lo que dice layeya, si pido solo por la ley de riesgos, aunque citen al empleador, (y repito, no pedir 1074) no le cabría pagar nada. Entiendo bien?...
Para mí igual debería demandar al empleador, ya que con 55 años y hernia de disco, con problemas que se acrecentarán, en algún momento la despedirán con el 247...pero la gente elige a veces y no comprende...
layeya escribió:Chicos yo tengo un caso donde estoy por el empleador. El empleado inició demanda SOLO contra la ART, con fundamento en el art. 1074 del c.c. y subsidiariamente por las prestaciones de la ley 24.557 (en caso que no hagan lugar a la extrasistémica solicita reparación por vía sistémica). El abogado hizo la presentación con patrocinio (y es lo más correcto porque puede comprometer su responsabilidad profesional al demandar solo a la art).
El empleador fue dejado de lado en la demanda, pero la ART al contestar la demanda pide la citación del EMPLEADOR COMO TERCERO. Porque en caso que se haga lugar a la reparación extrasistémica, el empleador pague la diferencia de dinero.
Concluyendo, SI, se puede demandar solo a la ART, no obstante es muy factible que la ART pida la citación del empleador, y entonces éste se vería alcanzado por la sentencia igual.
Lo más probable es que cuando al empledor le llegue la citación como tercero y tenga que contestar demanda, igual sienta ganas de estrangular al empleado como en el caso de mi cliente.
 #763510  por layeya
 
Por eso para presentar la demanda te conviene hacerlo con patrocinio, por las dudas, para que el cliente después no diga que vos fuiste la que quiso dejar afuera al empleador
 #782236  por chichoar
 
layeya escribió:Por eso para presentar la demanda te conviene hacerlo con patrocinio, por las dudas, para que el cliente después no diga que vos fuiste la que quiso dejar afuera al empleador

en verdad no hay que volverse loco por reclamarle al empleador... los que son solventes son las ART...

y en el caso de citación de tercero, cuando nos den traslado de la citación, nos podemos oponer porque el empleador no fue demandado y el fundamento de la demanda es por el 1074 CC y Fallo Torrillo y por incumplimiento de la ART, y no del empleador... por lo que pedimos al Juez o al Tribunal, que rechace la citación al tercero, con costas.
 #784025  por Charlya10
 
Hola estudiogarobi » Mar, 12 Jul 2011, 23:11 (si puedes remiteme algún modelo)
Te pregunto ya que comentaste que inicias muchas veces demanda en el fuero laboral solo contra la Art. si solo lo inicias vía reparación integral fundado en el 1074 del CC,(lo que implicará que normalmente en caso de no arreglar va a citar a juicio al empleador lo cual en muchos casos como uno que tengo es lo que el trabajador quiere evitar) /en este caso he visto que muchos, reclamando o no ante las comisiones médicas, inician una demanda especial solo contra la Art. por el cumplimiento de las prestaciones de la LRT en el fuero laboral, evitando así continuar con el procedimiento ante las comisiones o ante la Central, y no por una resposabilidad civil (en tal caso se evita que el empleador sea citado),
Aclaro que es una idea para iniciar en Provincia.-
Pd. si alguin me puede pasar un modelo de demanda directa contra la art ya sea por responsabilidad integral o por el cumplimiento de las prestaciones previstas en la LRT, muy agradecido)

Saludos.-
 #785140  por cardozoandre
 
hola me partí la cabeza el fin de semana en vez de empezar por el foro, jaja
Bueno mi demanda es similar, definitivamente a la empleadora no la puedo involucrar porque es la hermana de la trabajadora ergo me matan las dos, pero es un tema importante por que se determino incapacidad total, el punto es este yo quería ir por la integral con la ART de forma similar a "Torrillo", pero no por incumplimiento en la seguridad, sino por negligencia en la atención ( 5 meses para operar le dieron el alta entre medio y a los días le reabrieron etc) en realidad es mas cercano a la mala praxis pero es mucho mas difícil de probar (el foro local no sabe lo que es la carga de la prueba dinámica, por desgracia), creo que es mas seguro ir por la tarifada que la empleadora queda totalmente excluida no?
Agradezco respuestas u opiniones,
 #793987  por Ajez
 
Hola siguen con este tema? Como les fue? Estoy con el mismo caso. Mi cliente sufrió un accidente de trabajo y por el momento no quiere demandar a su empleador. Si quisiera iniciar el reclamo contra la ART, debo ir al SECLO? Además si iniciara sólo contra la ART, el reclamo se debe circunscribir sólo a la liquidación tarifada de la LRT? Les voy a agradecer cualquier aporte, mientras tanto sigo estudiando el tema.
 #872778  por LawyerG
 
Caro36 escribió:HOLA A TODOS, veo que la pregunta del millon es: Se puede demandar a la ART sin demandar al Empleador? El Dr. Formaro en un curso que hice sobre accidentes y enfermedades del trabajo, DIJO: que si se puede, por las prestaciones, por la reparacion integral art 1071 del CC. pero aclaró que lo mas probable es que citen al empleador! O sea que si tenemos un caso asi, deberiamos hablar con nuestro cliente y con el empleador y avisarle que podrian citarlo! si nuestro cliente porque sigue trabajando no quiere, estamos en el horno!!
Caro diste en el clavo de lo que estaba buscando!!!, Yo inicie contra la ART solamente porque el trabajador no queria demandar a su empleador, pero ahora la ART pide la citación de tercero al empleador!!!, es exacto a lo que dijiste. El tema es...me corren traslado para ver que opino, acepto que se lo cite o no?, estoy pensando en poner que el trabajador no se opone a la citación que opinas? o que opinan los demas foristas? Muchas Gracias!
 #872784  por LawyerG
 
chichoar escribió:
layeya escribió:Por eso para presentar la demanda te conviene hacerlo con patrocinio, por las dudas, para que el cliente después no diga que vos fuiste la que quiso dejar afuera al empleador

en verdad no hay que volverse loco por reclamarle al empleador... los que son solventes son las ART...

y en el caso de citación de tercero, cuando nos den traslado de la citación, nos podemos oponer porque el empleador no fue demandado y el fundamento de la demanda es por el 1074 CC y Fallo Torrillo y por incumplimiento de la ART, y no del empleador... por lo que pedimos al Juez o al Tribunal, que rechace la citación al tercero, con costas.
Te hago una pregunta, que pasa si hago todo lo contrario a lo que pusiste y en vez de oponerme a la citación del empleador, presto conformidad o no me opongo?. Porque el trabajador a esta altura no le importa ya si citan el empleador. Me beneficia despues en la sentencia o por no haber demandado inicialmente al empleador en la sentencia no pueden condenarlo a que pague una parte al trabajor? si algun forista tiene idea también bienvenida! Muchas Gracias!