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  • el juez se declaro incompetente

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 #751088  por ggg1984
 
Hola Colegas! una vez mas necesito su ayuda...el tema es asi:
inicie la susecion del padre de mis clientes, al cual lo mataron en Bs. aS. En Cañuelas, el problema es que en las partidas de defuncion (digo "las" porque la primera fue como NN y en la segunda consignaron su nombre) no figura el ultimo domicilio real. El vivia en Bs. As. pero nunca habia hecho el cambio de domicilio, es decir le figuraba en el d.n.i. el domicilio de córdoba por eso lo inicie aca. El juez se declaro incompetente y me dijeron que pida una prórroga de jurisdiccion o una sumaria informacion, que me conviene hacer???? todos los hermanos son de cordoba.
Les voy a agradecer la ayuda, es la primera vez que me pasa y no quiero iniciar una susecion en Bs. As. siendo que ya pagamos aportes aca.
Gracias de Nuevo y espero sus respuestas!!!!
 #751350  por Lechuga
 
Hola no apelaste la resolución de incompetencia...?? porque si tiene en dni denunciado Córdoba, no entiendo por qué se declaró incompetente el Juez? en base a qué? fijate los considerandos de la resolución y seguimos...
Saludos
 #751730  por dramcflores
 
entiendo q se declaró incompetente xq el domicilio q figura en la partida de defunción es en provincia de buenos aires, yo lo q haría es pedir prórroga de jurisdicción si es q vas por todos los herederos, saludos cecilia
 #756261  por ggg1984
 
Gracias x las respuestas....otra pregunta desburrante: puedo pedir prorroga de una provincia a otra? Xq me pareció entender q las prórrogas son dentro d una misma provincia ojalá yo este equivocada.... Si alguno tiene un modelo de solicitud d prórroga o los requisitos p presentarla por favor envienmelo..muchísima gracias y espero sus respuestas salvadoras!!!!
 #756420  por GLINUX0
 
Vamos por partes. En primer lugar, entiendo yo que por lo que mencionas que debieras recurrir con apelacion en subsidio la incompetencia del Sr. Juez. Ello, porque el hecho que la persona fallezca en un lugar determinado no implica que viviera alli, sino en el criterio del tribunal si hubiese fallecido en un naufragio tendrias que hacer la DH en alta mar. Es en el interior el juicio no? Pienso que vas a tener que reponer el decreto porque seguro que no lo hizo el juez sino cualquiera de los nuevos que hay en el juzgado y les tiran las cosas que son tecnicamente de cajon y te salen con cualquiera pretendiendo haber descubierto el agujero del mate. Segundo, la prorroga de jurisdiccion es solo dentro del territorio de la provincia cuando decujus y herederos estan en el mismo territorio provincial. el fundamento es que se supone que el domicilio del causante es en donde tenia la mayor parte de sus relaciones, es decir acreedores y deudores y es por ello que dicho lugar debe ser sede de la DH para facilitar la intervencion de estos, no por la comodidad de los herederos. La prorroga solo se da en la provincia si todos los heres estan en la misma provincia y jurisdiccion - en realidad competencia territorial -. Lo de la sumaria informacion - por buena que suene la idea - no lo entiendo viable. Doy razones: en la sumaria deberías tratar de probar el domicilio del causante. Con ello solo lograrias demostrarle al juez que esta equivocado en apartarse, pero con elementos probatorios posteriores a su decision, con lo cual el tiempo que te llevaria devendria en cosa juzgada su apartamiento y solo te serviria para volver a iniciarla en el mismo lugar y evitar que te pase de nuevo dicha aberracion, pero aportes y tasas se generarian nuevamente. entiendase: una decision jurisdiccional para ser modificada debe ser analizada a la luz de las mismas evidencias que tuvo el judicante al momento de fallar; las pruebas posteriores, aun cuando fueran claramente determinantes no impedirian que el tribunal mantenga su decision poniendo en cabeza de la parte la responsabilidad de lo decidido por no haber aportado en su debido tiempo prueba que estaba a su alcance impidiendo con ello el error del tribunal. Considero que procede el recurso con apelacion en subsidio. COntas para ello con una prueba que podes preconstituir como es el informe de Secretaria Electoral sobre el ultimo domicilio del causante, prueba que es iuris tantum a tu favor. Controla los tiempos y repone el decreto. No necesariamente una persona fallece en su domicilio; si no que debieramos esperar de los veintipico de muertos diarios en las rutas? DH en cualquier parte? Repon el decreto con la prueba contundente de su DNI y el oficio de la Secretaria Electoral. Creo que vas a tener buen fin.
 #760179  por ggg1984
 
Fantastico voy a intentar con eso y despues te cuento como me fue.. MIL GRACIAS!!!!!!!