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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #760257  por noelin
 
HOLA A TODOS: HOY ME RECIBIERON X INSISTENCIA BAJO COD. 500 UN TRAMITE DE RTI DE SDM, EN EL CUAL 6 MESES FIGURAN PAGADOS TODOS JUNTOS, LO Q OBSTARIA A OBTENER LOS 18 MESES. CORRESPONDE A CAT.INTERMEDIA, SE PAGARON DIFERENCIAS E INTERESES, CONF. SICAM. SI SEGUN DICE LA LEY 25239, LOS UNICOS REALEMNTE AUTONOMOS SON LOS DE 6 A 16 HORAS.(TAMBIEN LA C. 41/10) EL HECHO Q EXISTAN EN EL SICAM, NO CAMBIA , A MI CRITERIO SU NATURALEZA DE RRDD ATIPICO, YA Q ME PIDEN UN DADOR DE TRABAJO CONCRETO Y VERIFICAN Q SEA ASI. ( Y OJO Q NO LO SEA!!!!!) Q HARIA SI NO EL TRABAJADOR SI VERIFICA Q SUS APORTES NO FUERON HECHOS Y LOS RECLAMA??' EL DADOR LOS PAGA TODOS JUNTOS PQ LOS DEBE Y ESO NO IMPIDE LA REGULARIDAD PQ ES ESENCIALEMTNE UN EMPLEADO. ESTOY MUY ERRADA EN MI PLANTEO??? CALCULO Q SERA DENEGADO COMO SIN DERECHO Y LO TENGO Q APELAR A LA CARSS. HAY ALGUN ANTECEDENTE AL RESPECTO???
 #760286  por lilita09
 
noelin escribió:HOLA A TODOS: HOY ME RECIBIERON X INSISTENCIA BAJO COD. 500 UN TRAMITE DE RTI DE SDM, EN EL CUAL 6 MESES FIGURAN PAGADOS TODOS JUNTOS, LO Q OBSTARIA A OBTENER LOS 18 MESES. CORRESPONDE A CAT.INTERMEDIA, SE PAGARON DIFERENCIAS E INTERESES, CONF. SICAM. SI SEGUN DICE LA LEY 25239, LOS UNICOS REALEMNTE AUTONOMOS SON LOS DE 6 A 16 HORAS.(TAMBIEN LA C. 41/10) EL HECHO Q EXISTAN EN EL SICAM, NO CAMBIA , A MI CRITERIO SU NATURALEZA DE RRDD ATIPICO, YA Q ME PIDEN UN DADOR DE TRABAJO CONCRETO Y VERIFICAN Q SEA ASI. ( Y OJO Q NO LO SEA!!!!!) Q HARIA SI NO EL TRABAJADOR SI VERIFICA Q SUS APORTES NO FUERON HECHOS Y LOS RECLAMA??' EL DADOR LOS PAGA TODOS JUNTOS PQ LOS DEBE Y ESO NO IMPIDE LA REGULARIDAD PQ ES ESENCIALEMTNE UN EMPLEADO. ESTOY MUY ERRADA EN MI PLANTEO??? CALCULO Q SERA DENEGADO COMO SIN DERECHO Y LO TENGO Q APELAR A LA CARSS. HAY ALGUN ANTECEDENTE AL RESPECTO???
Creo que con SDM no debe haber jurisprudencia,pero Ud viene agrandadita por el fallo Morello Norma así que vamos hacer fuerza y cruzar los dedos, para que en caso de ser bochado Ud lo lleve a la justicia y fallen a su favor *flor* *abrazo*
 #760324  por arielruiz86
 
En base a la normado por la circular GP 30/10 en primera instanca solo prosperaria si fueron pagos correspondientes a la clase de trabajadores del SDM clase I
A partir del análisis efectuado por la Gerencia Asuntos Jurídicos en sus Dictámenes Nº 39.057 y 39.641 de las normas legales aplicables a este sector de trabajadores concluyó que existen cuatro tipos (o clases) de trabajadores dentro del servicio doméstico:
I) aquellos que denominaremos “Dependientes”, quienes se encuentran sometidos a las disposiciones del Decreto-Ley Nº 326/56, su Decreto reglamentario Nº 7.979/56 y a la Ley Nº 25.239 (estos trabajadores cumplen 16 o más horas por semana a la orden de un solo dador de trabajo)
II) aquellos que prestaron 16 o más horas semanales para más de un empleador o para un solo empleador sin acreditar el resto de las condiciones para su encuadre en el Decreto Nº 326/56 (4 veces por semana, 4 horas por día)
III) los servicios mayores a 6 horas semanales, quienes quedan encuadrados en la Ley Nº 25.239 (estos trabajadores cumplen menos de 16 y más de 6 horas semanales)
lV) un cuarto grupo de trabajadores “independiente con servicios menores a 6 horas semanales”, los cuales podrán categorizarse como autónomos, dentro régimen general, o como monotributistas, en este caso dentro del régimen simplificado.
y luego el tituto RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE AFILIADO EN ACTIVIDAD especifica y aclara que la relación laboral reconocida extemporáneamente unicamente para el primer grupo de trabajadores del SDM seria habil los periodos alli denunciados para todos los efectos previsionales incluso en lo relativo en la condición de aportante regular o irregular con derecho.....pero luego es muy estricta en la enunciación en los requisistos y documentación que se debe aportar para que estos sean validos.
En cambio para los trabajadores del grupo II no permite su regularización fuera de termino para alcanzar las prestaciones de pensión y RTI:
En consecuencia, si la regularización de las contribuciones hubiera sido efectuada en forma extemporánea, dicha integración no resulta hábil para considerar aportante regular o irregular con al peticionante o al causante.
 #760332  por tita1955
 
Hola Noelìn la ley 25239 pide el DADOR DE TRABAJO salvo en la categoria III sdm independientes con menos de 6 horas semanales.Si hacen la verificaciòn y no resulta y tenes que apelar ante CARSS me parece excelente tu planteamiento.sds
 #760365  por noelin
 
SI, COINCIDO CON MUCHO DE LO Q UDS. DICEN, PERO ENTONCES...PQ TANTA EXIGENCIA DEL DADOR DE TRABAJO Y SU DECLARACION ESTRICTA SI NO LO CONSIDERAN UN DEPENDIENTE. SI ES AUTONOMO , PARA Q TANTA CIRCULAR CON REQUISITOS Y VERIFICACIONES AUN A POSTERIORI.. ALGUNA VEZ VERIFICAN LA ACTIVIDAD AUTONOMA???? NO ME CIERRA.
 #760373  por arielruiz86
 
Lo que pasa que como el presupuesto de la regularidad del dcto 460/99 es, por decirlo de alguna forma, la excepción del regimen general en que se debe reunir los 30 años de aportes, y como explicaba en otro post, el trabajador ve frustrada su excpextativa de continuar trabajando por la contigencia de salud o muerte entonces el estado en su función asistencial le brinda el beneficio a quien venia aportando como una forma de contraprestación, y todas estas exigencias solo tiene como fin asegurarse la real prestación de trabajo, es decir, constatar que efectivamente el trabajador haya estado en actividad y evitar lo que se dice captación de beneficio, porque de lo contrario, cualquiera ante un problema fisico pagaria todo junto en capital despues de haberse incapacitado y accederia al beneficio sin mas y que no le corresponderia otorgarselo en ese caso el anses, sino otro organismo de asistencia social (como la Comision Pensiones Asist) sin contraprestación para los que realmente lo necesitan.
 #760385  por molinag
 
Coincidiendo un poco con cada cosa Noelin, como te dice Ariel, autonomos hoy tiene su exigencia de certif de salud, pero para el sdm no, t creo que la diferencia sustancial en cuanto a un autonomo, es que en teoria trabajaria todos los dias, y un sdm no.....Por otro lado creo que tenemos que encontrar la conjuncion que permita hacer que Anses se vea obligado a aceptar el pago hecho, sin necesidad de verificacion alguna porque ya lo acepto Afip.... Por el momento no me cierra por la prescripcion...
 #760410  por fabidoc
 
noelin escribió:HOLA A TODOS: HOY ME RECIBIERON X INSISTENCIA BAJO COD. 500 UN TRAMITE DE RTI DE SDM, EN EL CUAL 6 MESES FIGURAN PAGADOS TODOS JUNTOS, LO Q OBSTARIA A OBTENER LOS 18 MESES. CORRESPONDE A CAT.INTERMEDIA, SE PAGARON DIFERENCIAS E INTERESES, CONF. SICAM. SI SEGUN DICE LA LEY 25239, LOS UNICOS REALEMNTE AUTONOMOS SON LOS DE 6 A 16 HORAS.(TAMBIEN LA C. 41/10) EL HECHO Q EXISTAN EN EL SICAM, NO CAMBIA , A MI CRITERIO SU NATURALEZA DE RRDD ATIPICO, YA Q ME PIDEN UN DADOR DE TRABAJO CONCRETO Y VERIFICAN Q SEA ASI. ( Y OJO Q NO LO SEA!!!!!) Q HARIA SI NO EL TRABAJADOR SI VERIFICA Q SUS APORTES NO FUERON HECHOS Y LOS RECLAMA??' EL DADOR LOS PAGA TODOS JUNTOS PQ LOS DEBE Y ESO NO IMPIDE LA REGULARIDAD PQ ES ESENCIALEMTNE UN EMPLEADO. ESTOY MUY ERRADA EN MI PLANTEO??? CALCULO Q SERA DENEGADO COMO SIN DERECHO Y LO TENGO Q APELAR A LA CARSS. HAY ALGUN ANTECEDENTE AL RESPECTO???
Hola. Tuve un de pensión, la única que me quedaba era cumplimertar los 12/60 manifestando que había trabajado bajo RRDD con SDM extemporáneo. Confeccioné certificado de trabajo, DDJJ dador de trabajo más de 4 días, y más de 16 hrs. semanales. La circular 57/08 tenía un acápite que lo permitía especificamente. Fué otorgado en la UDAI luego de verificación positiva. Pero la 57/08 ya no rige.
 #760692  por arielruiz86
 
La 57/08 no rige porque fue reemplazada por la 30/10, pero esta ultima dice lo mismo con respecto al tema de la posibilidad de pagar extemporaneamente SDM para obtener la regularidad del dcto 460/99 cuando se traten de trabajadores de la clase 1, es decir, con pagos correspondientes a trabajadores de 16 hs o mas y a la vez lo hacen 4 veces a la semana y 4 horas por dia (requisitos concurrentes) con un solo dador de trabajo para que sean considerados como dependientes (dcto-ley 326/56). Solo que esta circular da una lista algo mas exigente de documentación o pruebas para constatar la real prestación.
 #760778  por fabidoc
 
Sì, la 57/08 fuè reemplazada por la 16/10, 18/10 y finalmente la 30/10.
Se sigue admitiendo los pagos extemporàneos, pero las pruebas deben ser "contemporàneas" a la relaciòn de trabajo. La inscripciòn del empleador, etc. Se hace difìcil, pero quizàs se podrìa probar.

Y noelìn........no volviste màs!! :mrgreen:
 #760802  por noelin
 
ME ABRUMARON!!!!! ME QUEDE SIN ARMAS!!! PERO ALGO SE ME VA A OCURRIR CON TODOS SUS APORTES A MI PROBLEMA. SIGAN PENSANDO....YO INSISTO EN LO HIBRIDO DE LA SITUACION, Y EN Q, SI ME PIDEN DATOS DEL DADOR DE TRABAJO, ALGO DE RRDD HAY, Y ENTONCES NO DEPENDE TODO DEL LABURANTE!!!! PERO ESTE ES UN FORO, Y ESPERO SUS OPINIONES.