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  • HONORARIO SUCESION RENUNCIA LETRADO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #760560  por ANAMARIAP
 
Buenas, consulto lo siguiente: en una sucesión donde llevé a cabo la etapa 1 y 2, y luego renuncié al patrocinio, solicité se me regulen honorarios a lo que preveen "tengase presente para el momento de solicitar la inscripcion". ¿Y si se tardan 80 años en hacerlo? o peor nunca lo hacen, ¿CUANDO COBRO??? :twisted:

gracias a quien me de una mano, un saludo, ANAMARIA
 #760591  por sanher
 
Dra. como anda? En provincia de Bs. As. se regulan honorarios cuando se ordena la inscricpión de la declaratoria de herederos en relación al bien/es. Para que se ordene la inscripción deben estar los informes de dominio cesión e inhibición no vencidos en relación al bien/es y la tasa de justicia y contribución pagas.
Creo que podés volver a pedir la regulación argumentando estas circunstancias, pero debes informar la valuación fiscal de las propiedades para no salir perjudicada en una regulación.

Tengo un caso parecido y estoy analizando y tratando de estudiar como argumentarlo para no salir perjudicado en la regulación.
 #760708  por ANAMARIAP
 
Hola, bien! gracias. Yo entiendo que se regulan con la inscripcion, pero como renuncié, es obvio que esa etapa la va a hacer otro abogado, y sabe Dios cuando. Quizás dejen "muerto el expediente" por años así tal cual lo dejé yo, lo cual me perjudicaría sobremanera, porque yo ya trabajé en ello y lo único que quiero es que se me pague por lo que ya trabajé hasta la declaratoria de herederos.

Un saludo, ANAMARIA
 #760727  por diegogvillamayor
 
En gral en estos casos regulan lo minimo.
Como consejo hace convenio donde se estipule tu honorario pr cada etapa, asi evitas estos problemas.
 #760786  por ANAMARIAP
 
Muchas gracias por tu consejo, ¿pero ahora como resuelvo esta situación? ¿Esperar a que la teminen a la sucesión? No es lógico el proveído del Juzgado.

Un saludo, ANAMARIA
 #760800  por diegogvillamayor
 
Como te dijeron, denuncia el valor del bien, solicita regulacion por las etapas realizadas, manifesta el peligro que quede todo ahi, y demas cuestiones y si no te lo dan, recurso y a camara y que decidan.