Colegas tengo el siguiente caso, en un juicio de cobros de alquileres, como el inquilino al final no pago, se le embargo el sueldo al garante, por los honorarios de la abogada del actor, resulta que ahora le quieren pagar de contado esos honorarios mas acrecidas, pero la abogada no le quiere recibir. que se debe hacer?, iniciar un pago por consignacion??, en ese caso, es otro juicio??.
Si bien el garante es el que me consulta, el dinero es del inquilino, quien conviene que lo consigne???.
El oficio del embargo de sueldo entro en Julio de 2011, y ahora que le quieren pagar de contado a la abogada ella quiere actualizar su capital, por eso no les quiere recibir el dinero, es correcto???.
Por favor espero me respondan, Gracias.
Si bien el garante es el que me consulta, el dinero es del inquilino, quien conviene que lo consigne???.
El oficio del embargo de sueldo entro en Julio de 2011, y ahora que le quieren pagar de contado a la abogada ella quiere actualizar su capital, por eso no les quiere recibir el dinero, es correcto???.
Por favor espero me respondan, Gracias.