El viernes respondí una consulta donde preguntaban : si a una persona que figura inscripta del 6/94 al 2/2007 en afip sin pagos se le puede aplicar ley 25321 en ese periodo, comprar para atras y de esa forma aplicar 7 años de dj.
Tengo entendido que si figura inscripta hay que tomar el cese real y en este caso se podría usar solo 1 año de dj.
Otro forista contestó que estoy errada, entonces se me genero la duda. Por favor opinen necesito saber si estoy equivocada y por querer colaborar confundir a otros. Muchas gracias.
Tengo entendido que si figura inscripta hay que tomar el cese real y en este caso se podría usar solo 1 año de dj.
Otro forista contestó que estoy errada, entonces se me genero la duda. Por favor opinen necesito saber si estoy equivocada y por querer colaborar confundir a otros. Muchas gracias.