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  • solicitar alimentos para mayores de 18 años

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #763199  por tisio
 
Buenas Tardes Estimados colegas:

Me llego un caso de dos hermanas de 19 y 20 años que estudian y que viven con su madre para que les solicite alimentos a su padre.
reconozco que es nuevo para mi el tema, ya que la mayoria de edad es a los 18 pero segun la ley 26579 art. 3 dice que "la obligacion de los padres de prestar alimentos se extiende hasta la edad de veintiun años..." ahora bien, siendo de esta manera deberia presentar la demanda sin representacion de la madre? osea serian mayores para demandar a su padre pero menores para recibir alimentos???
disculpen mi ignorancia pero resulta medio confuso. si algun colega tiene alguna experiencia respecto a esto, se lo agradecere que me informe.
gracias saludos. *leo*
 #763244  por genesis2011
 
que inicien ambos los alimentos . segun la reforma es hasta los 21 años mas si estudian ( tene en cuenta alimentos extraordianrios)
segun autor solari ( entre 18/21) le corresponde aliemtnos por vinculo filial .. mas d e21 tambien s epeuden reclamar ( por parentesco ) varia depende del caso....
otro autor expresa: quien ha cumplido entre 18/21 no debera demostrar estado de necesidad y que le falta medios d eadquirir por si los aliemtnos... la obligacion aliemntaria emanada de ley tien tres fuentes en nuestro derecho positivo:
la derivada de la patria potestad ( mensores y hasta 18)
la derivada del vinculo filial : 18/21 y la
derivada d eparentesco ( +21) varia el caso ....

resepcto si es un menor adulto ( mayor de edad "18" menor de 21) por EJ d e19 años le corresponde aliementos lo debe reclamar por derecho propio ....( porque ha cesado la repesentacion legal del art 57 cc)
IMPORTANTE art 3 agrego la reforma:
la obligacion d elso padres de prestar aliemntos a sus hijos con el alcance establecido 267 se extiende hasta la edad d e21 años , SALVO Q EL HIJO MAYOR DE EDAD O EL PADRE EN SU CASO acrediten que CUENTA CON RECURSOS SUFICIENTES PARA PROVEERSELOS POR SI MISMO ....

" recursos suficiente": no es suficiente por ej : un joven 19 años que trabaje ... no es suficiente ... si el padre pide el cese no creo q de lugar a lo sumo una disminucion ....

opinemos que consideran:

RECURSOS SUFICIENTES!!!!!
 #765685  por tisio
 
Estimados santiheladero, Anamariap y Genesis2011:

Gracias por sus respuestas, me fue muy util ya que me encontraba con lagunas respecto al tema, iniciare los alimentos por derecho propio.

saludos.
 #765729  por felipe2010
 
claro Tisio.
Despues de los 18 los podés iniciar pero no siendo la madre en ejercicio de la patria potestad sino bien ellos mismos por derecho propio.
Y despues de los 21 se puede extender creo por "solidaridad" familiar x ejemplo si el chico/a estudia y le falta poco para terminar la carrera.
Ya luego de los 21 x parentesco etc..

Vas bien ! cualquier cosa chiflá q para esto estamos ! para darnos una mano !
 #901940  por Paulalegal
 
Colegas, una duda tengo en cuanto a la personeria.
Puede la hija de 18 años dar un poder especial a la madre para que le haga juicio al padre por los alimentos? o un poder judicial al abogado para que lo represente en juicio?
Gracias