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  • PLAZOS PARA CONTESTAR ANSES FEDERAL

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #763866  por Princeps1
 
Hola, quería hacerles una consulta.
Anses se notifico del traslado de demanda por reajuste el dia 11/02/2011 y contesta demanda el 13/05/2011. Quiero estar segura de que contestó fuera de los plazos procesales, me confirman por favor. De ser así, pediré que se la tenga por contestado fuer de tiempo y que se decrete de puro derecho. Gracias.-
Otra contestación que hicieron fue: se notifica el 10/03/2011 y contesta el 06/ 07/2011
02/09/2010 28/12/2010
 #763904  por GonzaloSuarez
 
El plazo para contestar la demanada es de 60 días. a simple vista el plazo se encontraba excedido, por las dudas tenga presente descontar los días inhabiles (entre feriados puente, semana santa etc, quizás este presentada en tiempo, habría que sacar bien la cuenta).
en caso que así sea corresponde que solicite que se la tenga por no presentada en tiempo y forma (art. 59). (si tiene copias certificadas de la documental agréguelas y solicite que la causa sea declarada de puro derecho).
Éxitos!
 #763936  por markello
 
Princeps1 escribió:Hola, quería hacerles una consulta.
Anses se notifico del traslado de demanda por reajuste el dia 11/02/2011 y contesta demanda el 13/05/2011. Quiero estar segura de que contestó fuera de los plazos procesales, me confirman por favor. De ser así, pediré que se la tenga por contestado fuer de tiempo y que se decrete de puro derecho. Gracias.-
Otra contestación que hicieron fue: se notifica el 10/03/2011 y contesta el 06/ 07/2011
02/09/2010 28/12/2010
Tengamos presente algunos temas.

Primero saber si todos estos extes estan radicado en capital,

Si es capital recordemos que hubo ferias propias del fuero entre ellas la que corrio entre el 28/10/10 y el 22/11/10 por los problemas edilicios de algunos juzgados, sumar el 27/10/10 que fue dia del censo. Por tanto hay que verificar a que juzgado corresponde cada expediente y si son los que estan en el anexo hay que omitir este plazo.

Por otro lado, hubieron y hay innumerables ferias que va solicitando cada juzgado en particular (con excepcion del 5 que nunca pidio feria).

Ademas, me gustaria saber que ha despachado cada juzgado a la presentacion del anses porque en capital toman debida cuenta de los plazos, dias inhabiles y feriados.

Para terminar debemos diferencia rebeldia con extemporaneidad, la rebeldia es la falta de presentación a derecho y lo extemporaneo, si bien existe presentación a derecho, parte presentada y constituido el domicilio se tiene sin efecto el planteo de fondo expresado. Si es un extemporaneo la anses se presento y no es rebelde pero por el principio de preclusion su presentación carece de merito y oportunidad.

saludos
 #764100  por Princeps1
 
Hola Markello, soy de Tucumán, aquí hay un juzgado que no respeta el código de procedimiento, por que todo lo tenes que hacer vos. Si anses contesta demanda, no te corren traslado, lo retira uno, cualquier cosa que anses presenta, lo retiras vos y te notificas en el expediente. El otro, si la contestación debes retirarla vos, pero lo demás, cuando hay que notificar, lo hace. Entonces en el primer juzgado que mencionaba, da la impresión que los plazos solo corren para el actor. Ahora verifico se estas demandas fueron contestadas en tiempo. Muchas gracias.-