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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #763141  por fabidoc
 
los SDM se consideran (o sospechan) falsos, ahora cierran todo el círculo con esta circular, impiden una nueva verificación y el reclamo debería ser ante el Ministerio de Trabajo. Quien lo va a hacer? si no es real?
 #763170  por mflor
 
tal cual, pese a estar los pagos acreditados....
en que lío nos metimos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
saludos
 #763250  por sanher
 
3. La real prestación del servicio.
La relación laboral reconocida extemporáneamente (aun después del fallecimiento del causante), con el consiguiente ingreso de aportes y contribuciones, es plenamente hábil para que los periodos allí denunciados sean considerados a todos los efectos previsionales, sin perjuicio de ello, esto se encuentra supeditado a que de las actuaciones o de otros elementos agregados posteriormente no surjan constancias fehacientes que indiquen la imposibilidad de que el peticionante haya realizado las tareas denunciadas (Dictamen N° 37.706)

Si bien no puede admitirse que “se compren servicios”, nada obsta a que ANSES, en tanto no existan presunciones graves, precisas y concordante que hagan dudar de una prestación por cuenta propia o ajena que se denuncie en un expediente, evalúe favorablemente tiempos cotizados tardíamente pero cancelados con todos los accesorios de ley, en los supuestos o sobre la base de alternativas admitidas por la legislación vigente (Dictamen N° 43.373).

Este punto 3 si el dador reconoció la relación de trabajo, en principio trataría de ajeno a los testigos. Pero es el punto más dañino de todos, ya que el punto 2 se podría con una reapertura hacer valer los pagos, en este punto 2 en cambio entiendo que no se puede, ya que pararían a hacer desconocidos por la ANSES.

El párrafo “primero” si se lee sin haber leido el dictamen parece un párrafo muy positivo. Pero una vez leido el dictamen ahí todo cambia. Ese dictamen es del 23 de abril del año 2008. La circular 57/2008 es de diciembre del año 2008, la cual permitía el pago extemporaneo del SDM –lo mismo que circulares que le siguieron-y de acogerse al SIPA cuando se pedía la PBU. El dictamen hace referencia a un retiro transitorio por invalidez.
La UDAI pide que remitan un expediente y se comprueba que esta persona declaró ser desocupado en el período donde pagó SDM. Aplica erróneamente el acto propio, sin analizar que la circular 57/08 permitía el pago extemporáneo.

El parrafo “segundo”, hace mención al dictamen 43.373 es del 14 de diciembre de 2009. Estaba en plena vigencia la circular 57/08. Es una RTI. La circular 57/08 establecía que para acceder a la PBU se podían acoger al SIJIP, y para el resto tenía otro tratamiento

Hay mucha bronca con los abogados y previsionalistas por eso entran clones tales como hugodls, pero los dueños son empleados algunos malditos, acomodados y falsos de anses que participan en este foro. Quiero aclarar que no soy ningún ave negra, soy una persona que siempre fue por derecha y nadie me regaló nada. Los que redactaron esta nueva circular desconocen del tema del cual deberían resolver. Buscan generar confusión, mezclar, rechazar. Hugodls rajá del Portal. Si sos un clon, tu dueño será algún empleado de anses que se hace el simpatico y hace tarea de inteligencia.

Creo que la mayoría de los empleados de ANSES que se encargan de resolver recursos, aplicar circulares, crear circulares, son tan corruptos y degenerados como Diego Bossio. Si éste sigue en el poder es porque tenemos una Presidenta que es de la misma condición que el titular de Anses. El resultado de las elecciones se basa en resolución de los problemas de los supuestamente ¿más necesitados?. El pueblo vota porque alguna necesidad le fue satisfecha o con esperanza de ser beneficiada, o porque los candidatos de la oposición si no son chorros son narcos o asesinos, salvo excepciones, o por el boom de la construcción, etc. De lo peor supuestamente eligió lo menos peor que es la yegua de Cristina, a quien no voté y ni en pedo pienso votar.
La presidenta es una corrupta hipócrita, por eso banca la corrupción, la ilegalidad, por eso llora como una corrupta que es, mancando a un Corrupto como Diego Bossio que sabe de muchas cosas y podría transformarse en Schoklender, sabe muchas cosas, pero respeto que el pueblo la haya votado.

Todas las UDAI están jubilando con SDM, sin pedir ningún tipo de pruebas. Lo que informó lilita09 es cierto. No me parece mal, pero para todos debe ser el beneficio y no para el grupo o ¿el grupo?.
 #763263  por Mo
 
gracias chicos
 #763606  por alicia01
 
Analicé el dictamen que menciona el punto 3 de la nueva circular. Soy procuradora sigo estudiando abogacia, y entiendo que si la UDAI denegó por falta de pruebas, por ejemplo supuestos donde el dador reconoció la relación de trabajo y al haber faltado testigos se presentaron en el recurso de reconsideración, la UDAI se excedería al aplicar estos dictamenes, sea pidiendo la remisión de otro expediente para observar si la persona en ese período declaró estar desocupada. Esa cuestión la tuvo que haber introducido la UDAI en su oportunidad cuando rechazó el trámite por falta de pruebas y no ahora aplicando esta circular y ese dictamen. La Anses procede de mala fe, atenta contra todos los principios constitucionales y ahora busca el pelo en el huevo. Es una vergüenza lo que están haciendo. En la UDAI Quilmes atiende un hombre llamado “hugo” y a su gente de Quilmes la envía al fondo para que sean atendidos por 2 muchachos. Le hacen pagar la 1º cuota, pero el SDM no se lo hacen pagar. Cada UDAI responde al Intendente de la zona. Por lo tanto, es extraño que declaren que control retenga los sdm concedidos, porque sería meterse con gente muy pesada. Esto me lo explicó detenidamente un profesor universitario especialista en derecho constitucional profundizado ante un grupo de compañeros. Es una picardía porque tengo una filosofía popular, la ley debe ser igualitaria, no afectar el derecho en defensa en juicio, y las cuestiones que no se articularon por las partes quedan fuera de discusión, ya que de lo contrario se afectaría los principios constitucionales los cuales son desconocidos por ANSES. Se busca dejar a la persona en estado de indefensión. Por ello hay tanta gente enferma que no entiende lo que sucede.
Rogaría a los foristas en especial abogadas que siempre ayudan, que exijan, protesten, porque estos chicos abogados de las UDAI desconocen o quieren hacer valer su puesto. Se observó esto en la última dictadura, según me comentó este profesor sobre todo en las UDAI de la Capital Federal y nombro las siguientes: UDAI Villa Urquiza, Liniers, Monserrat, Floresta y San Cristóbal.
Sean solidarios entre Uds, debatan los temas porque lamentablemente se terminará o consintiendo la ilegalidad o ir a juicio, mientras que otros se jubilan sin aportes.
 #763687  por drelinag
 
sanher escribió:3. La real prestación del servicio.
La relación laboral reconocida extemporáneamente (aun después del fallecimiento del causante), con el consiguiente ingreso de aportes y contribuciones, es plenamente hábil para que los periodos allí denunciados sean considerados a todos los efectos previsionales, sin perjuicio de ello, esto se encuentra supeditado a que de las actuaciones o de otros elementos agregados posteriormente no surjan constancias fehacientes que indiquen la imposibilidad de que el peticionante haya realizado las tareas denunciadas (Dictamen N° 37.706)

Si bien no puede admitirse que “se compren servicios”, nada obsta a que ANSES, en tanto no existan presunciones graves, precisas y concordante que hagan dudar de una prestación por cuenta propia o ajena que se denuncie en un expediente, evalúe favorablemente tiempos cotizados tardíamente pero cancelados con todos los accesorios de ley, en los supuestos o sobre la base de alternativas admitidas por la legislación vigente (Dictamen N° 43.373).

Este punto 3 si el dador reconoció la relación de trabajo, en principio trataría de ajeno a los testigos. Pero es el punto más dañino de todos, ya que el punto 2 se podría con una reapertura hacer valer los pagos, en este punto 2 en cambio entiendo que no se puede, ya que pararían a hacer desconocidos por la ANSES.

El párrafo “primero” si se lee sin haber leido el dictamen parece un párrafo muy positivo. Pero una vez leido el dictamen ahí todo cambia. Ese dictamen es del 23 de abril del año 2008. La circular 57/2008 es de diciembre del año 2008, la cual permitía el pago extemporaneo del SDM –lo mismo que circulares que le siguieron-y de acogerse al SIPA cuando se pedía la PBU. El dictamen hace referencia a un retiro transitorio por invalidez.
La UDAI pide que remitan un expediente y se comprueba que esta persona declaró ser desocupado en el período donde pagó SDM. Aplica erróneamente el acto propio, sin analizar que la circular 57/08 permitía el pago extemporáneo.

El parrafo “segundo”, hace mención al dictamen 43.373 es del 14 de diciembre de 2009. Estaba en plena vigencia la circular 57/08. Es una RTI. La circular 57/08 establecía que para acceder a la PBU se podían acoger al SIJIP, y para el resto tenía otro tratamiento

Hay mucha bronca con los abogados y previsionalistas por eso entran clones tales como hugodls, pero los dueños son empleados algunos malditos, acomodados y falsos de anses que participan en este foro. Quiero aclarar que no soy ningún ave negra, soy una persona que siempre fue por derecha y nadie me regaló nada. Los que redactaron esta nueva circular desconocen del tema del cual deberían resolver. Buscan generar confusión, mezclar, rechazar. Hugodls rajá del Portal. Si sos un clon, tu dueño será algún empleado de anses que se hace el simpatico y hace tarea de inteligencia.

Creo que la mayoría de los empleados de ANSES que se encargan de resolver recursos, aplicar circulares, crear circulares, son tan corruptos y degenerados como Diego Bossio. Si éste sigue en el poder es porque tenemos una Presidenta que es de la misma condición que el titular de Anses. El resultado de las elecciones se basa en resolución de los problemas de los supuestamente ¿más necesitados?. El pueblo vota porque alguna necesidad le fue satisfecha o con esperanza de ser beneficiada, o porque los candidatos de la oposición si no son chorros son narcos o asesinos, salvo excepciones, o por el boom de la construcción, etc. De lo peor supuestamente eligió lo menos peor que es la yegua de Cristina, a quien no voté y ni en pedo pienso votar.
La presidenta es una corrupta hipócrita, por eso banca la corrupción, la ilegalidad, por eso llora como una corrupta que es, mancando a un Corrupto como Diego Bossio que sabe de muchas cosas y podría transformarse en Schoklender, sabe muchas cosas, pero respeto que el pueblo la haya votado.

Todas las UDAI están jubilando con SDM, sin pedir ningún tipo de pruebas. Lo que informó lilita09 es cierto. No me parece mal, pero para todos debe ser el beneficio y no para el grupo o ¿el grupo?.
esto me gusta *suerte*
 #763957  por sanher
 
La circular nueva atenta contra todos los principios constitucionales. Atenta contra el derecho de defensa en juicio y del debido proceso entre otros.
El haberse rechazado un trámite por “F A L T A D E P R U E B A S”, no puede la UDAI introducir una nueva cuestión cuando deba resolver el recurso, cuando no lo hizo en su oportunidad.

Aquellos que son de ANSES y entran a éste portal, díganle a Diego Bossio y a los que dictan las circulares lo que estoy comentando. Hay que ser muy animal o muy maldito para redactar este tipo de normativa, muy bestia y tosco. Es algo indescriptible. Si lo hicieran antes de haber resuelto un trámite por los motivos que esgrime esa circular eso hubiera sido otra cosa. Pero si se interpuso un recurso de reconsideración porque la UDAI resolvió que existe falta de pruebas y se produjo la misma, la UDAI no puede excederse con nuevos motivos de rechazo.
DIGANLE, EXPLIQUENLÉ, HÁGANLE ENTENDER ESTO A LOS PARÁSITOS QUE DICTAN LAS CIRCULARES Y A TODAS LAS UDAI QUE RESOLVERÁN LOS RECURSOS. DEBEN RESOLVER LIMITÁNDOSE AL MOTIVO DEL RECHAZO.
 #763995  por sanher
 
Si Uds analizan los dictamenes que hace referencia la circular 56/2011, los mismos tratan del inicio de un segundo proceso, donde PREVIO A RESOLVER, reitero PREVIO A RESOLVER, la UDAI solicita la remisión de un primer expediente para analizar por ejemplo si hubo acto propio en el anterior. Una vez que el expediente es remitido a la UDAI, lo utilizan como prueba y resuelven en el segundo expediente como corresponde, sin violar el derecho de defensa en juicio y del debido proceso.

Esta circular 56/2011 viola el principio de la irretroactividad de las normas, viola el debido proceso y el derecho de defensa en juicio, ya que introduce una cuestión nueva que fue ajena a la Resolución. Si la UDAI resolvió denegar un recurso por “falta de pruebas” y en el recurso se ofreció y/o salió la verificación positiva, la UDAI ahora no puede pedir el expediente anterior e introducir una nueva cuestión ajena a la resolución, y denegar por una nueva cuestión, esto viola todos los principio constitucionales.
Habla del acto propio, cuando es la propia UDAI la que lo comete, menciona la buena fe, cuando es la propia UDAI quien actúa de mala fe. La Anses busca que todo termine en juicio. Denegar por denegar. Es la propia UDAI no puede alegar su propia torpeza y pretende imponérsela al recurrente.
Es lamentable que la Presidenta pretenda reformar la Justicia. Una Presidenta quien admira a Napoleón Bonaparte (considerado Hitler por los países de Europa), o admira a Rosas (quien cortaba la cabeza de sus oponentes y la dejaba clavadas en un poste por semanas para generar miedo y terror).
Si hace lo que quiere con el ANSES no me quiero imaginar que hará con la justicia. Pobre del pueblo si reformara la justicia y pusieran jueces de la capacidad mental de Diego Bossio y de los que dictan las circulares, calculo que estos últimos son abogados, estos si que son verdaderas aves de rapiña como los presidentes de los colegios de abogados provinciales, que no hacen nada ante la ilegalidad y en defensa de sus matriculados lo cual demuestra no tener sentido su existencia salvo el tributario (pero eso es otro tema).

Violar el derecho a la vida, Violar el derecho de defensa en juicio y del debido proceso consagrado por el artículo 18 de la Constitución Nacional entre otros artículos y violar el orden constitucional, en si se violan derechos constitucionales y eso es gravísimo mas cuando lo comete un gobierno constitucional.

A los de Anses que ingresan al portal de abogados, informen estas graves circunstancias a los que se encargan de dictar las circulares y de resolver los recursos.

Sinceramente me extraña que los abogados del foro no hayan debatido este tema tan grave, pero quizás sea el miedo o la complicidad lo que los hace callar y eso es lamentable ya que esto es una democrácia.
 #764006  por arandu2
 
A ver sanher que no estoy entendiendo.

Explicate mejor.

De que expediente anterior estas hablando cuando decis que la Udai manda a pedir su remision, al momento de resolver un recurso.

Poder exponer las secuencias

primer expediente, cual
segundo expediente, cual
 #764287  por sanher
 
Por ejemplo interpones recurso de reconsideración. Se te inicia el 974-2.
Para resolver el recurso la UDAI pide la remisión del expediente 974-1, el cual se te rechazó el sdm por falta de pruebas, la RESOLUCIÓN QUERÍA DADORES Y TESTIGOS, LO QUE LE SUCEDE A TODO EL MUNDO. Ponele que en el 974-2 fuiste sometida otra vez a todo ese cirqueo, y la verificación nueva te salió positiva, ellos ahora pueden introducir una cuestión nueva que es la remisión de un antecedente, por ejemplo un expediente RTI (Se entiende iniciado hace años atrás el cual está archivado).

Van a buscar que actividad declararaste en el RTI por ejemplo si estuviste internada en un loquero o desocupada (cuando la circular 57/08 permitía el pago extemporáneo) y violar tu derecho de defensa en juicio y del debido proceso, ya que te introducen una nueva cuestión ajena a la resolución del expediente terminado en 974-1.
¿Entendiste ahora? Es una verguenza hacerse los machos con los ancianos, pero solamente para eso sirven, piensan que no van a llegar a viejos.
 #764306  por sanher
 
Distinto hubiese sido el caso si la UDAI hubiere pedido la remisión del rti, si lo hubiere adjuntado al expediente terminado en 974-1 y la resolución del 974-1 hubiere dicho “falta de pruebas y acto propio”.
Pero la circular 56/2011 les permite violar el derecho de defensa en juicio y del debido proceso introduciendo una cuestión ajena a la Resolución del expediente 974-2 (recurso de reconsideración).
¿a quien te vas a ir a quejar si te introducen una cuestión nueva en la Resolución 974-2? ¿a la CARSS vas a ir a quejarte por que te violan tu derecho de defensa en juicio y del debido proceso y te metieron una cuestión ajena a la Resolución del 974-1 cuando la CARSS la insconstitucionalidad de las normas no analiza? ¿Qué puede decir la CARSS?
¿La anses te va aplicar el acto propio (leer significado en los dictamen) cuando es la propia ANSES quien cometió su propia torpeza en no haber introducido esa cuestión en la resolución del expediente terminado en el 974-1? ¿su torpeza me la quiere enchufar ahora justo cuando me sometió a todo su cirqueo el cual salió bien?
Los que dictan las Circulares ¿son brutos o son gente muy preparada para generar daño?

TE ACLARO QUE EN UN EXPEDIENTE ME ESTÁN HACIENDO ESTO.
Tuve un 974-1 el cual estaba pre-acordado con número de beneficio. Me lo rechazaron porque no había testigos. En el 974-2 se produjo la prueba y ahora piden remitir un antecedente (te aclaro que no es rti). Tengo a mi cliente en mal estado de salud. Ulcera gastrointestinal, presión, diabetes, etc. Pagó 2 años SDM con sus respectivos intereses extemporáneos, sdm reales, con dadores y testigos. Ahora pidieron la remisión de un antecedente. Mi cliente llamó a la UDAI y le dijeron “mame, lo pedimo para adjuntá todo y luego achivá todo junto una vez, pero quedate tanquila que va a salí todo bien”.
 #764311  por arandu2
 
Eso lo podes plantear en un amparo. Opino q te saldrá favorable. Tenes fundamentos juridicos-
La verdad es que estoy sorprendida de los mamarrachos que hacen en las Udai
 #764391  por ceciliadiaz
 
Yo tambien tengo una verificacion en la cual la verificadora mintio el horario declaro, si reconocio la relacion laboral, pero declaro 12 hs semanales y no menos de 11 como el empleador le dijo, y yo hable por telefono con la verificadora y me dijo que declaro en el informe menos de 11hs, y cuando me llega la notificacion dice mas de 12hs, impugne la verificacion y ahora estoy a la espera de un nuevo marco legal.
 #764411  por analiaTorres
 
Estimados... hace mucho que no hago SDM, por todas estas cuestiones... no quiero mas dolores de cabeza ni angustias...
LAs UDAI no tienen criterio unificado, hacen lo que quieren y como quieren... he visto personalmente, como la GENTE acomodada, pasa SIN TURNO y son atendidas UNA VERGUENZAAAAAAAA!!!!