Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Conviene la separacion de hecho?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #762720  por fugitiva
 
Hola Chicos:

Situación: marido no da plata para asistir, educar, y vestir a hijos.-
La mujer quiere divorciarse por ese motivo, cansado luego de diez años de matrimonio asi.-
Pienso empezar con alimentos.
Suponiendo que el marido no se va a ir del hogar conyugal luego de dicha demanda y suponiendo ya que la mujer se va a querer ir ya de ese hogar, por lo que voy a intentar que se contemple dicho alquiler en la cuota alimentaria.-
La mujer se iria con sus dos hijos menores de edad.
Antes de irse, obviamemte labrara exposición con los motivos por los que se va.-
Otra opcion seria dentro d elos alimentos buscar la autorización del juez para que la mujer se puede ir, en base a que estan tramitando un juicio de alimentos.-


Que les parece? A gradeszco que lo critiquen, porque es de mis primeras causas de familia.-

Les parece hacer asi?
 #762735  por ANAMARIAP
 
Hay que diferenciar lo que alimentos para sus hijos del divorcio. Si bien uno de los deberes conyugales es la asistencia -en todos sus sentidos, economico entre ellos- y el Sr no aporta nada para sus hijos, yo iniciaría los alimentos igual. No es necesario que estén viviendo en distintos hogares para iniciar la accion. Yo he hecho alimentos con matrimonios bajo el mismo techo.
Un saludo, ANAMARIA
 #762746  por fugitiva
 
Ok, gracias Anamaría!

Lo del alquiler lo planteaba, adelantandome al hecho supuesto de que apenas notifique la audiencia por los alimentos, la convivencia no sera sostenible y las mujer se ira a vivir a otro lugar con sus hijos...
La verdad que si es solo ese el motivo por el que el matrimonio no funciono en todos esos años, no se si es está bien justificado que el alejamiento del hogar no es malicioso -a nte la aventualidad que el marido ida el divorcio por abandono malicioso...
 #762926  por Tiburcio
 
¿De quien es la casa en la que viven? ¿Alquilada?
 #764551  por fugitiva
 
La casa esta construida en terreno del suegro de mi cliente y a nombre del suegro tambien. Es decir, este tambien es un temita a resolver con cautela...esto del credito que tiene mi cliente en esas mejoras.-
Gracias Chicos por contestarme...

Una exclusión del hogar creo que lo unico que haria es complicar la relación...


Lo que se me ocurre es que mi cliente se vaya de la casa, acta y juicio de alimentos mediante, para comenzar a computar los tres años para luego pedir el divorcio - siempre y cuando no consiga se divorcien de comun acuerdo-. igual no me convence demasiado asi solita la opcion.-

Que les parece?
 #764605  por Doncella_de_Orleans
 
Que la mujer no se vaya de la casa. Si no le da dnero para comer, que te hace pensar que le pagará un alquiler????? Por ahora esa mujer tiene al menos un techo para sus hijos; si se va perderá eso tambien (mientras tramita el proc. de alimentos, que no asegura nada).
 #764631  por ANAMARIAP
 
Doncella_de_Orleans escribió:Que la mujer no se vaya de la casa. Si no le da dnero para comer, que te hace pensar que le pagará un alquiler????? Por ahora esa mujer tiene al menos un techo para sus hijos; si se va perderá eso tambien (mientras tramita el proc. de alimentos, que no asegura nada).

Tal cual!!! Opino lo mismo!

Un saludo, ANAMARIA
 #764757  por mtinchoo
 
"lo que se me ocurre es que mi cliente se vaya de la casa, acta y juicio de alimentos mediante, para comenzar a computar los tres años para luego pedir el divorcio - siempre y cuando no consiga se divorcien de comun acuerdo-. igual no me convence demasiado asi solita la opcion.-"

Perdón que haga una respuesta con otra pregunta...pero los 3 años no se computan desde la fecha que contraen matrimonio?
Si bien familia no es mi área, si no le erro los 3 años se computan desde que contraen matrimonio, y ellos llevan 10 casados, por lo que no tenes que esperar nada...
Esto es asi? Alguien lo confirma?
 #764906  por ANAMARIAP
 
Esos tres años son necesarios desde la fecha que te casaste para solicitar un divorcio por comun acuerdo; tambien está el divorcio por estar separados por mas de tres años sin voluntad de unirse; también esta el divorcio por alguna causal prevista -injurias, intento de homicidio, etc etc para el cual no se requiere ningun plazo; y por último el divorcio que se realiza cuando se convierte la sentencia de separación en divorcio.-

Un saludo, ANAMARIA
 #764955  por mtinchoo
 
Perdon la ignorancia, repito que no es mi area pero bueno son cosas que pueden surgir y no vale la pena no tomarlas si el caso es simple...
- Para el caso de existir alguna causal, como injurias, no hace falta que hayan pasado estos 3 años?
- Para este caso ya pasaron los 3 años...por lo que se podria iniciar por alguna causal, como injurias...porque seria mejor iniciarlo por haber pasado 3 años separados de hecho y no por estas causales?

Gracias por evacuar mis dudas =)
 #764969  por ANAMARIAP
 
mtinchoo escribió:Perdon la ignorancia, repito que no es mi area pero bueno son cosas que pueden surgir y no vale la pena no tomarlas si el caso es simple...
- Para el caso de existir alguna causal, como injurias, no hace falta que hayan pasado estos 3 años?
- Para este caso ya pasaron los 3 años...por lo que se podria iniciar por alguna causal, como injurias...porque seria mejor iniciarlo por haber pasado 3 años separados de hecho y no por estas causales?

Gracias por evacuar mis dudas =)
1) No.-
2) Como dice un colega, una cosa es por las buenas y la otra es tener una sentencia de cornudo! (aunque a muchos no les preocupa)