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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #766245  por fernanda121078
 
Hola a todos, tengo una duda en una contestación de demanda de alimentos, ya que es la primera vez que me toca defender al demandado, es bastante básica
en la contestación de demanda de flia, hay que negar todos y cada uno de los hechos invocados por la actora como en sede civil?
tengo fecha para la audiencia, pero queria ir preparando el escrito por las dudas, ya que como estan las cosas dificilmente lleguemos a un acuerdo.
Gracias a todos!! saludos!
 #766672  por eduferry
 
La audiencia marca el vencimiento del plazo para contestar demanda. Si no te dan los tiempos podrìas recusar al juez y tirarlo para atràs para asignar a otro juzgado y ganas tiempo.
Si vas a contestar demanda mirá bien el código porque se admite escasa prueba, solamente instrumental e informativa y cuya duración no exceda el tiempo que le demande a la actora producir la suya:

Art. 643. CPCCN- En la audiencia prevista en el artículo 639, el demandado, para demostrar la falta de título o derecho de quien pretende los alimentos, así como la situación patrimonial propia o de la parte actora, sólo podrá:

1) Acompañar prueba instrumental.
2) Solicitar informes cuyo diligenciamiento no podrá postergar, en ningún caso, el plazo fijado en el artículo 644.