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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #766642  por MARIO1943
 
alejandra01 escribió:yo la verdad, en esos temas sin asesorar bien al dador de trabajo no lo metería. Imaginate que después de pagar los aportes tardíamente, y reconocer al trabajador o supuesto, le queda abierta a la jubilada la prueba total para iniciar un juicio laboral. Cosa que si es de favor que le hace de dador de trabajo no me parece bueno.
Otra cosa. Aquí ya no sería dador de trabajo...porque el decreto dice empleador en estos casos. Un lío...
CLARO QUE ES UN MESCLA D E DADOR Y EMPLEADOR Y AHI VIENE LA CONFUSION
NO ME PARECE JUSTO HACERLE PAGAR AL CLIENTE , POR MAS QUE ESTE DISPUESTO A PERDER, PORQUE LA CIRCULAR 56/11
DICE QUE A LOS EFECTOS DE DETERMINAR LA REGULARIDAD CON LA INTEGRACION TARDIA D E APORTES , SIEMPRE Y CUANDO S E ENCUADRE DENTRO DEL DECRETO LEY 326/56, ESTA HABLANDO DE TRABAJADORES DE SERV. DOM. CON RR.DD. CUYOS PERIODOS SON ANTES DEL 04/2000,CUYOS APORTES SE REALIZAN CON F. 907, QUE TRABAJAN TODOS LOS DIAS 8 O 9 HS. DIARIAS, POR LO TANTO TIENEN QUE E STAR EL EMPLEADOR INSCRIPTO EN AFIP CON EL 460 Y SE TIENEN QUE EXTENDER LA CERTIFICACION D E SERVICIOS Y AQUI S E PRETENDE COMPRAR PERIODOS DESPUES DEL 04/2000,CON F. 102, NO ADQUIRIENDO D E ESTA FORMA LA REGULARIDAD
PARA QUE SE ENTIENDA MEJOR PEGO ESTA PARTE BAJADO DE LA PAGINA D E AFIP

Servicio Doméstico 07/1994 hasta 03/2000 (Relación de Dependencia – Dto. Ley 326/1956)

Utilizando el formulario que, para cada caso, se detalla seguidamente:
- Formulario de declaración jurada N° 906: Empleado doméstico mayor de 18 años en actividad
- Formulario de declaración jurada N° 907(Nuevo modelo): Empleado doméstico menor de 18 años en actividad
Formularlo de declaración jurada N° 909 (Nuevo modelo) : Empleado doméstico jubilado
- Formulario N° 801/C : consignando el código de impuesto 351 para contribuciones correspondientes al beneficio jubilatorio y el código 302 para los importes de Obra Social.


5. Retiro Transitorio por Invalidez / Pensión - Cotización extemporánea autónoma - forma del pago - accesorios de la ley
Siendo que en estos beneficios prima el concepto de la regularidad, en aquellos supuestos en donde se verifique la integración tardía de contribuciones, corresponde determinar si la relación encuadra, o no, en los términos del Decreto/Ley N° 326/56, toda vez que ello determinara los efectos que se derivan de ésta, sea que nos encontramos ante una relación dependiente (en donde prima el devengamiento de la remuneración) o independiente (cuya suerte es análoga al autónomo, en donde prima la integración dentro del mes de vencimiento de la obligación), siendo de observancia las previsiones contenidas en el Decreto N° 460/99 (Dictamen N° 39.057).
 #766753  por Mo
 
no habia leido el aporte de mario.
y que me decis del art 7 de la resolucion 56 que dice que los trabajadores 326/56 son incluidos en la ley 26.063 y entonces no podrán integrar por el mencionado regimen las cotizaciones que van desde 04/2000 al 12/20005, debiendose efectuarlo según las previsiones del regimen general para dependientes.
Mo
 #766797  por MARIO1943
 
Mo escribió:no habia leido el aporte de mario.
y que me decis del art 7 de la resolucion 56 que dice que los trabajadores 326/56 son incluidos en la ley 26.063 y entonces no podrán integrar por el mencionado regimen las cotizaciones que van desde 04/2000 al 12/20005, debiendose efectuarlo según las previsiones del regimen general para dependientes.
Mo
DICE TEXTUALMENTE QUE LOS PERIODOS DE SERV. DOMESTICO QUE VAN DESDE EL 04/2000 AL 12/2005, ESTAN COMPRENDIDO EN LA LEY 26063 Y LA MISMA TRATA SOBRE LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES CON DECLARACION JURADA MENSUAL (SUSS), POR LO TANTO DICHOS APORTES SE TIENEN QUE HACER COMO CUALQUIER EMPLEADO EN RR.DD. Y COMO CONSECUENCIA DE ESTO EL DADOR PASA A SER EMPLEADOR POR LO TANTO SE TIENE QUE INSCRBIR EN AFIP, PERO ESTO ES DISCUTIBLE PORQUE UNA CIRCULAR NO PUEDE MODIFICAR LA LEY DE SERV. DOM. LA 25239
O SEA ANSES CON UNA CIRCULAR MODIFICA LA LEY 25239,A PARTIR DE SET/ DEL 2011, ABARCANDO LA MISMA SOLO PERIODOS A PARTIR DEL 01/2006