Hola como les va? Les cuento me llega un caso de un señor que se divorcio (la mujer puso un abogado y del mismo estudio alguien lo patrocino a él algo bastante común). Se divorcian, y hacen un acuerdo de bienes. La sentencia de divorcio es de mitad del 2010. Se paraliza y mitad del 2011 lo saca de paralizado una nueva abogada de la mujer, y presenta el acuerdo de bienes para homologar, resuelven homologarlo con notifiquese. Se le notifica a mi cliente pero el ni se entera (la cedula le llega al abogado que no le avisa). El tema es que en el acuerdo el dice que le cede parte de su inmueble a su hija pero que autoriza a que el inmueble se ponga a nombre de su mujer y que ella se compromete a darle su parte cuando sea mayor de edad. El dice que cuando firmo no entendio eso, que el quiere ahora que la parte de ese inmueble conste a nombre de su hija directamente (tiene 8 años). Mi pregunta es con un acuerdo homologado y firme, para empezar podre oponer alguna defensa por ser notificado pos paralizado el expediente al constituido (digo para no entrar en responsabilidades profesionales del colega), será necesario ir a una nulidad del acuerdo? los dos son concientes de que lo que el queria era dejarle la parte a su hija, la discusión esta en permitir que la mujer lo tenga ahora a su nombre...Nunca me toco un caso asi, él tiene miedo de que su mujer venda el depto y despues no tenga de donde darle a la nena y falta muchisimo para su mayoria de edad. Saludos y gracias cualquier sugerencia es bienvenida