Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Honorarios del mediador duda?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #766636  por kairon
 
Hola; conseguí para llevar adelante las cobranzas judiciales y extrajudiciales de un mediador, pasados 60 días sin iniciar demanda el mediador ya quedad habilitado para requerir el cobro de sus honorarios ( siempre que el proceso no se inicie claro esta) mi duda es que pasa si el proceso se inicia y la actora –requirente- no da traslado a la demanda ¿??????? Lo pregunto por que vi varios casos y me surgió la duda? ¡
 #767339  por enzo fernando costa
 
1) A los 60 días el mediador queda facultado para reclamar el "básico" a cuenta del total de los honorarios.
2) Una vez iniciado el expediente, si ves que no se da traslado de la demanda, esperás el plazo del art. 310 CPCC, y cumplido éste, lo hacés presentarse al mediador pidiendo la caducidad de la instancia y la regulación de sus honorarios según ley.
 #768029  por kairon
 
Muchisimas gracias!!!!!!!!!!!! Vere si lo quiere hacer mi jefe, es medio reticente a efectuar reclamos via judicial.