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 #765994  por pampa2008
 
hola, pregunta: inicie un juciio de desalojo por falta de pago. Durante el transcurso del juicio el locatario se retiro del inmueble pero no entregando las llaves. Pedi mandamiento de constatacion y de posesion, por lo cual es oficial me entrego la posesion. Ahora estoy esperando quee el oficial presente el escrito al juzgado, pero como tengo que seguir?? les agradeceria su ayuda.
 #766487  por Oscarman
 
Estimado Pampa2008:

Vayamos separando un poco. Si lo que iniciaste fue un juicio de desalojo y ya recuperaste la posesion del inmueble, ese juicio ya esta concluido.

Ahora, si a lo que apuntas es al cobro de las sumas de dinero correspondientes a los alquileres impagos, se me ocurre que lo que tendrias que iniciar seria un juicio ejecutivo por cobro en los terminos del Art. 523, Inc. 6 del CPCCN.

Dudo mucho que puedas iniciar algo de dicha naturaleza por via incidental en el mismo expediente toda vez que, si bien existe una identidad de partes, no existe identidad de objeto.

Espero que te sirva.

Saludos.
 #766666  por eduferry
 
Pampa seguí hasta la sentencia. No es bueno dejar el expediente por la mitad.

Te copio unos párrafos sobre el tema:
Desalojo: Recupero del inmueble Por Eduardo Sirkin
...Coincido con Kielmanovich (ver primer artículo citado supra) en que la restitución es a título precario y provisional quedando supeditado a la sentencia definitiva.(confr. mi entrevista en Y Considerando citado supra).

Hay muchísimos casos en que colegas se contentaron con la cautelar sin impulsar el proceso hasta el dictado de la sentencia definitiva, -único acto que pone fin a la instancia- (art. 310 último párrafo del CPCCN) y se encuentran con demandados o colegas al acecho que por el transcurso de los plazos de dicha norma acusan y obtienen la caducidad de la instancia.

En ese supuesto no alcanzaría con la ejecución de la caución o los daños y perjuicios, sino que bien podría ser condenado a restituir el inmueble -de pedirlo el demandado-, con más las costas, etc.

Aquí va otro alerta en el sentido que quien sostenga y el juez coincida en imprimir al proceso el trámite del sumarísimo, deberá tener mucho cuidado y atención porque el plazo de caducidad es exactamente la mitad en meses que en el del proceso ordinario.

En los procesos en que se obtiene el recupero del inmueble y la actitud del demandado es no comparecer también es un alerta para tener en cuenta ya que al desconocerse el domicilio o paradero la notificación de la sentencia habrá de hacerse por edictos (art. 145 del CPCCN) atento a que por el aludido recupero ya no se tendrá domicilio conocido, lo que confirma como anticipáramos (nota citada en Y Considerando, supra) que el uso del inmueble tendrá carácter transitorio sin facultad ni potestad para disponer del mismo.

Muchas veces por apresuramiento y quedar bien con la parte que representamos, es factible obtener una victoria parcial, pero perder la guerra....
 #767474  por GLINUX0
 
En lo que respecta estrictamente al desalojo, aunque haya abandono por parte del inquilino, el juicio NO esta concluido hasta el dictado de la sentencia. Si ya posee la constatacion, se acompaña al tribunal y se pide dicte sentencia haciendo lugar al desalojo. despues, en la misma causa por la via de ejecucion de sentencia, procedes a la ejecucion de los honorarios.-
Ahora respecto a los alquileres impagos hasta la fecha de la efectiva restitucion debes promover la preparacion de la via ejecutiva (PVE) art 525, que es ub juicio diferente del desalojo, pero que debe tramitar ante el mismo juzgado por conexion, donde reclamaras los alquileres adeudados, pero previa preparacion de la ejecucion en la forma que dicho articulo prescribe.
 #779746  por ABentrerios
 
Que opinan??
Soy letrada patrocinante de la demandada (yo muy nuevita - ella una inquilina sola sin familia): contestamos y nos allanamiento solicitando eximición de costas: salió la sentencia donde el juez ordena el desalojo + pago de alqui + costas a su cargo. Me notifique el viernes 28/10.
La cuestión: mi clienta ya se fue de esa casa, no constesta mis llamados ni mensajes, no hizo entrega de las llaves, el domicilio donde iría a vivir (la casa de su madre) no me atiende nadie.. la verdad me tiene desconcertada! ni siquiera tomo conocimiento de la sentencia!! no se como seguir..que opinan!??
espero respuesta gracias!!