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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #767128  por noelin
 
HOLA A TODOS: HOY VOLVI DE LA UDAI CON LA NOVEDAD DE UN INSTRUCTIVO Q PROHIBIRIA Q LOS ADMINISTRADOS OBTENGAN FOTOCOPIAS DE SUS EXPEDIENTES. NO ME LO EXHIBIERON, COMO TODO EN ANSES ES SECRETO DE ESTADO. PERO ES CLARAMENTE CONTRADICTORIO DEL ART.38 ULTIMA PARTE DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY DE PROC.ADMINISTRATIVO!!!! A MI NO ME LO APLICARON, PERO ME DIJERON Q EXISTE. EL MENSAJE SUBLIMINAL ERA: "TE LO DAMOS PQ QUEREMOS " . ALGUIEN SABE ALGO DE ESE MAMARRACHO??
 #767234  por drelinag
 
noelin escribió:HOLA A TODOS: HOY VOLVI DE LA UDAI CON LA NOVEDAD DE UN INSTRUCTIVO Q PROHIBIRIA Q LOS ADMINISTRADOS OBTENGAN FOTOCOPIAS DE SUS EXPEDIENTES. NO ME LO EXHIBIERON, COMO TODO EN ANSES ES SECRETO DE ESTADO. PERO ES CLARAMENTE CONTRADICTORIO DEL ART.38 ULTIMA PARTE DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY DE PROC.ADMINISTRATIVO!!!! A MI NO ME LO APLICARON, PERO ME DIJERON Q EXISTE. EL MENSAJE SUBLIMINAL ERA: "TE LO DAMOS PQ QUEREMOS " . ALGUIEN SABE ALGO DE ESE MAMARRACHO??
que udai era noelín? a mi me dijeron lo mismo en quilmes, además les cambiaron todas las pantallas y cada vez tienen menos información
 #767348  por fabidoc
 
Lo desconozco pero ahora que lo decís, puede ser, porque cuando fuí a pedir turnos para vista le estaban fotocopiando los expedientes a 2 señoras. Y antes las mandaban a la fotocopiadora. Veré el jueves que tengo las vistas. Pero no permitir que se saque (o te saquen) fotocopias es de locos!! si ellos mismos la solicitan,por ej., cuando se incia una reapetura piden la resolución, cómputo, etc,
 #767618  por caromatta
 
Bueno a mi me paso, en JULIO de este año, me deniegan una pensión por no tener inscripción. como en esta UDAI tardan muchisimo en mandar la denegatoria por correo, nos presentamos para sacar fotocopia de la resolución, y nos dijeron que ya no se podia POR NUEVA DISPOSICION!!! y que deberiamos esperar el correo. EN definitiva tuvimos que esperar casi 2 meses a que llegue la resolución para poder pedir que se eleve a la CARSS.
 #767637  por noelin
 
ALGUNA VEZ HABRIA Q PRESENTARSE CON UN ESCRIBANO, PARA Q SE CUREN!!!!!
 #767704  por fito657
 
Cada nueva medida es mas arbitraria y mal intencionada. Hay que ser muy malvado para perjudicar a los viejos. Y lo peor es el dicurso para la gilada de inclusión.
 #767721  por diegomdp
 
caromatta escribió:Bueno a mi me paso, en JULIO de este año, me deniegan una pensión por no tener inscripción. como en esta UDAI tardan muchisimo en mandar la denegatoria por correo, nos presentamos para sacar fotocopia de la resolución, y nos dijeron que ya no se podia POR NUEVA DISPOSICION!!! y que deberiamos esperar el correo. EN definitiva tuvimos que esperar casi 2 meses a que llegue la resolución para poder pedir que se eleve a la CARSS.
deben hacer respetar los instructivos y sino lo hacen hacer el reclamo por carta compromiso que cualquiera con una clave de seguridad social lo puede hacer o por mail


PREV-21-03 Vigencia: 18/10/2004

Tramitación de Pedidos de Vistas en UDAI
I. Introducción
Ante las falencias detectadas por la Unidad de Auditoría Interna en la tramitación de las vistas solicitadas ante las Unidades de Atención Integral, resulta necesario establecer las pautas aplicables para el tratamiento de las mismas.
II. Objetivo
Aplicación de un tratamiento uniforme de las solicitudes de vistas, procurando el resguardo de la documentación integrante de los expedientes, evitando la posibilidad de sustitución, pérdida o modificación de la misma.
III. Alcance
Desde la recepción del pedido de vista hasta su concesión.
IV. Consideraciones Generales
Las solicitudes de vistas se concederán, en la forma y plazo previsto por el Reglamento de Procedimientos Administrativo - Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991) , en el área que se halle radicado el expediente, incluso en el archivo, conforme al articulo 10 de la Resolución D.E. Nº 107/97.
El citado reglamento en su articulo 38 establece “.... la parte interesada, su apoderado o letrado patrocinante, podrán tomar vista del expediente durante todo su trámite, con excepción de actuaciones, diligencias, informes o dictámenes que a pedido del órgano competente y previo asesoramiento del servicio jurídico correspondiente, fueren declarados reservados o secretos mediante decisión fundada del respectivo Subsecretario del Ministerio o del titular del ente descentralizado de que se trate...”.
Las áreas operativas podrán regirse por un esquema propio de turnos de otorgamiento de vistas los cuales quedarán bajo supervisión de la Jefatura Regional o Gerencia respectiva. Los turnos deberán otorgarse diariamente y la atención de las mismas no podrá superar las tres horas diarias.
Las vistas se concederán durante el horario de atención al público de cada unidad, se dará en un sector específico de la UDAI a determinar por el Jefe de la misma, y quedará bajo responsabilidad de la Coordinación Soporte Administrativo de la UDAI.
Ante la solicitud de un pedido de vista, debe dejarse expresamente aclarado, que en ese acto, no se podrá agregar ningún tipo de documentación, en consecuencia, si el objetivo de la Vista fuese este, el orientador debe atender el requerimiento, según la modalidad de atención regulada para tal fin (concesión de turno para el sector correspondiente o atención espontánea según el tipo de trámite y la modalidad regulada para esa UDAI).

Cuando un beneficiario, afiliado o su apoderado se acerque a la UDAI a solicitar una vista, el Sector Orientación derivará al interesado al Sector de la UDAI en que se decida la atención de vistas.
V. Nomina de Anexos
ANEXO I : Formulario Nº PS. 6.265 - Derivación de Vista a UDAI /ARCHIVO
ANEXO II : Formulario Nº PS. 6.266 - Asignación de Turnos para Vistas en UDAI
ANEXO III : Formulario Nº PS. 6.267 - Toma de Vista en UDAI
ANEXO IV : Modelo Acta — Vista de Actuaciones
VI. Detalle de Tareas
Pedidos de Vistas en UDAI
a) Por presentación espontánea
1. Atiende al titular o a su apoderado, que solicita la vista del expediente en la UDAI.
2. Corrobora la titularidad o representación invocada.
3. Verifica a través del sistema SGT la ubicación del expediente y si:
3.1. el expediente se encuentra en la UDAI, continúa en el punto 4.
3.2. el expediente no se encuentra en la UDAI, imprime la consulta, completa el formulario “Derivación de Vista a UDAI / ARCHIVO”, agregado como ANEXO I, entrega la misma al interesado, derivándolo a la UDAI que corresponda o a la Unidad Coordinadora de Archivo.
Ante la insistencia del solicitante en tomar vista en ella, habiendo efectuado la petición por escrito con acreditación de nuevo domicilio en su zona de influencia, sólo se exceptuarán de este procedimiento, aquellas peticiones formuladas en una UDAI fuera de la jurisdicción correspondiente a la Zona Metropolitana ( Capital Federal y Gran Buenos Aires). Para estos casos el procedimiento continua en el punto 9..
4. Otorga el turno para la vista dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la presentación, registrándolo en la planilla “Asignación de Turnos para Vistas en UDAI” (ANEXO II).
5. Completa el formulario “Toma de Vista en UDAI“ , agregado como ANEXO III, entrega al interesado como constancia de solicitud de vista, para ser presentado el día del turno asignado.
6. Atiende al interesado el día del turno a tomar vista del expediente con el formulario entregado en el punto anterior, acreditando su identidad según corresponda.

7. Otorga la vista. Durante el tiempo que dure el acto de “tomar vista“, el agente de la UDAI encargado de dicha tarea, es el responsable del control y la custodia de la documentación.
En los casos que el interesado solicite fotocopia total o parcial de las actuaciones y cuando este acto se lleve a cabo fuera del ámbito de la UDAI, se deberá comisionar un empleado de esa UDAI para que acompañe a éste al local donde se efectúe el fotocopiado, debiendo permanecer en custodia de las actuaciones.
8. Cumplimenta el “Acta — Vista de Actuaciones” cuyo modelo obra agregado como ANEXO IV.
Ante la no presentación del interesado el día del turno asignado, se procederá al archivo del expediente, consignando al dorso de la última foja del mismo, la fecha asignada para la vista y la no presentación del titular/ apoderado.
9. Recibe la petición realizada en el segundo párrafo de punto 3.2. y solicita el expediente a la UDAI donde se encuentre radicado o a la Unidad Coordinadora de Archivo.
10. Recibe el expediente y realiza las acciones enunciadas a partir del punto 4. del apartado b).
b) Por Nota por Correo o Carta Documento
1. Recibe nota del titular o su apoderado, ya sea personalmente, por correo o carta documento, solicitando la vista de un expediente.
2. Verifica a través del sistema SGT la ubicación del expediente y si:
2.1. el expediente se encuentra en la UDAI, continua en el punto 3.
2.2. el expediente no se encuentra en la UDAI, imprime la consulta efectuada, completa el formulario agregado como ANEXO I y lo envía por correo al interesado.
3. Confecciona nota para el solicitante, informando que deberá presentarse en esa UDAI dentro de los diez (10) días hábiles de recibida la misma.
4. Remite nota al interesado por correo, con aviso de recepción, consignándose como remitente el domicilio de la UDAI y agrega copia de la nota al expediente.
5. Registra en la planilla “Asignación de Turnos para Vistas en UDAI”, agregada como ANEXO II.
6. Atiende al interesado, que se presenta dentro de los 10 días hábiles de notificado, acreditando su identidad a tomar vista del expediente y realiza las acciones indicadas en los puntos 6. al 8. del apartado a).
 #767767  por fabidoc
 
pero entendì mal o dicen que hay un nuevo instructivo?
 #767768  por fabidoc
 
caromatta escribió:Bueno a mi me paso, en JULIO de este año, me deniegan una pensión por no tener inscripción. como en esta UDAI tardan muchisimo en mandar la denegatoria por correo, nos presentamos para sacar fotocopia de la resolución, y nos dijeron que ya no se podia POR NUEVA DISPOSICION!!! y que deberiamos esperar el correo. EN definitiva tuvimos que esperar casi 2 meses a que llegue la resolución para poder pedir que se eleve a la CARSS.
lo mismo le dijeron a un forista hace unos dìas en UDAI Malvinas Arg. Que lo tenìa que esperar por correo :cry:
 #767771  por diegomdp
 
fabidoc escribió:
caromatta escribió:Bueno a mi me paso, en JULIO de este año, me deniegan una pensión por no tener inscripción. como en esta UDAI tardan muchisimo en mandar la denegatoria por correo, nos presentamos para sacar fotocopia de la resolución, y nos dijeron que ya no se podia POR NUEVA DISPOSICION!!! y que deberiamos esperar el correo. EN definitiva tuvimos que esperar casi 2 meses a que llegue la resolución para poder pedir que se eleve a la CARSS.
lo mismo le dijeron a un forista hace unos dìas en UDAI Malvinas Arg. Que lo tenìa que esperar por correo :cry:
lo de las fotocopias no se anda a saber por ahi no habian mandado suministros o no tienen ganas de poner a alguien para sacarles fotocopias, comprense un scaner manual y asunto solucionado con la mitad de una jubilacion lo pagan :lol:

lo de la vista de expedientes es lo que les pase, empleados sin ganas de trabajar siempre van a encontrar pero para eso existe la opcion de denuncias, por incumplimiento de normativa, le piden nombre y apellido o se acuerdan de los rasgos de la persona y del sector y listo hagan la denuncia si igual van a hacer lo que quieren los empleados por lo menos que sigan haciendo lo que quieren pero con una cagada a pedos, cuando tengan un par de denuncias ya no van a hacer lo que quieran, pasa que la mayoria se manejan con lo que le dice la persona de turno, asi vamos mal
saludos
 #767786  por arandu2
 
Yo le saco fotos con el celular. Primero les pregunto si puedo hacerlos. Y con eso no hay problemas.

En mi Udai hasta la semana pasada se podia sacar fotocopias. No me dijeron nada al respecto de la nueva circular.
 #767790  por noelin
 
PERO SI LAS FOTOCOPIAS LA PAGA EL INTERESADO: ACOMPAÑADO DE UNA GUARDIA DE ANSES, SE DIRIGE AL KIOSCO CERCANO (Y AMIGO) Y CLIENTE Y AGENTE ESPERAN LAS FOTOCOPIAS. Q VA A PAGAR ANSES!!!!
 #767796  por noelin
 
UDS.VIERON EN ALGUN JUZGADO UN CIRCO SEMEJANTE AL DE LA PREVI 21/03???? A PROPOSITO...PQ PREVI?? Q DIF.HAY CON LAS CIRCULARES, LOS INTRUCTIVOS ,ETC??? COMO SE NUMERAN??? SON TODOS CODIGOS SECRETOS. TE APLICAN NORMAS Q NADIE SABE QUIEN LAS HACE Y PQ
 #767816  por diegomdp
 
noelin escribió:UDS.VIERON EN ALGUN JUZGADO UN CIRCO SEMEJANTE AL DE LA PREVI 21/03???? A PROPOSITO...PQ PREVI?? Q DIF.HAY CON LAS CIRCULARES, LOS INTRUCTIVOS ,ETC??? COMO SE NUMERAN??? SON TODOS CODIGOS SECRETOS. TE APLICAN NORMAS Q NADIE SABE QUIEN LAS HACE Y PQ
las normas de procedimiento las hace la gerencia de normatizacion o productos y servicios depende el año le van cambiando el nombre las circulares la gerencia de previsional, en realidad es para normatizar el procedimiento que deben seguir los empleados, en todos lo organismos y empresas hay procedimientos a seguir, para garantizar la calidad total y satisfacer las necesidades bla bla bla...

en realidad vos no tendiras ni que enterarte porque si los empleados siguieran los procedimientos yo no hubiese copiado la norma, como dijo otro forista lo que vos conoces es la lpa y la gerencia baja la lpa para que los empleados sigan una rutina determinada, es mas ese intructivo hasta tiene los formularios que deben usarse que no los puse, por lo que la norma de procedimiento explica la rutina a seguir para respetar la lpa art 38
 #767973  por fabidoc
 
no hay que preocuparse si no lo conocemos, si tampoco se cumple!!
Pido vista: me dán un papelito (tipo cuenta de almacenero) con la fecha.
El día de la vista: dejo la credencial y bajo al Kiosko, nunca me acompañó ningún empleado.
Dejo los expedientes, nadie toma nota que tomé la vista. A menos que me convenga que se sepa que me doy por notificada y se lo pido yo.
:lol: :lol: