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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #767750  por cecifm
 
tENGO QUE INCIAR DESALOJO POR FALTA DE PAGO DE LOS CANONES LOCATIVOS, AUN QUEDA UN AÑO DE CONTRATO, COMO CALCULO LA TASA DE JUSTICIA?
PARA EL EJECUTIVO DE LOS MESES ADEUDADOS, ME DIJERON QUE ES EL 2.2 % DEL VALOR DE LA DEUDA, ESO ESTA CLARO, PERO EN EL DESALOJO ALGUNOS ME DICEN QUE EL 2.2 % ES SOBRE EL TOTAL DEL CONTRATO (TRES AÑOS) Y OTROS SOBRE LOS ULTIMOS SEIS MESES DEL CONTRATO, COMO SERÁ?
 #768699  por drmad
 
Hola, segun la ley 23898 que regula la tasa en capital federal, calculo que en provincia sera igual, dice el art. 4 inc 4 que se toma como monto el valor de los ultimos 6 meses actualizados a la fecha del desalojo