Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUBILACION DENEGADA POR SDM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #769098  por pkl2810
 
Hola foristas.
Soy nueva en el foro y queria ver si me podian ayudar. Mi clienta solicitó una jubilacion que completó con SDM. El tema es que ya se lo denegaron porque "NO HAN SIDO ACREDITADO LOS SERVICIOS PRESTADOS COMO TRABAJADOR DEL SERVICIO DOMÉSTICO CONFORME RES. 524/08" segun dice la resolución. El empleador declaró bien, pero le preguntaron a un vecino y negó conocerla. Lo mas cómico que la sra REALMENTE HIZO TAREAS DOMESTICAS!!!! Pensaba plantear recurso de revisión y proponer otros testigos basado en que no pueden denegar por la declaración de un solo testigo. Tienen otro fundamento que puede funcionar??????? ESPERO QUE ME AYUDENNNNNN. Gracias
 #769581  por arandu2
 
Pkl:

Entiendo que deberias limitarte a impugnar la parte dispositiva de la resolucion. Si dice se deniega porque no cumplio los requisitos de la R 524/08, te trascribo lo que esta resolucion establece al respecto.

1.4.6. Servicio doméstico.
1.4.6.1. Ley 25.239, a partir del 01/04/2000.

"para acreditar los servicios con aportes pertenecientes a los empleados del SDm a partir de la vigencia de la ley 25.239, los datos que surgen del SIJP a nombre del trabajador bajo el numero de CUIL-CUIT y con la leyenda SDM serán considerados como prueba suficiente a los fines de acreditar los mismos para todos los efectos previsionales, ya que la disposición de contenido provisional que dimana del art. 6 del Titulo XVIII de la ley 25.239, no se encuentra aun reglamentada por la autoridad competente en la materia art. 6 del decreto 679/95)"

Es decir que no se necesitan ni verificacion, ni pruebas documentales, porque la ley no esta reglamentada.

Saludos.

Arandu del Portal
 #770329  por pkl2810
 
Arandu

Gracias por la respuesta. La sra hizo los pagos en forma extemporánea pero pago los intereses. Por lo que entiendo, primero tengo que verificar que el periodo por SDM surja del SIJP, para ver si puedo impugnar la resolución de la Anses .
Gracias, despues les cuento