Podes hacer los siguiente en provincia, como una parte ya pago los aportes, pedis por el Art 21 ley 6716 se proceda a la inscripion, y que tu parte se va a hacer cargo de los gastos esos y que por problemas personales entre la otra aprte y su letrado los mismos no fueron efectuados.
El tema es que para la inscripcion tienen que esar pago los aportes e ingresos brutos, los honorarios generalmente no te piden que los acredites.
Yo lo hice asi en familia y ya tengo el divorcio anotado sin que la otra parte haya acreditado los aportes. espero que te sirva.
Dra. Mariela
"Ante todo para ser un buen abogado, lo mas importante es la etica con los colegas"