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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #77074  por d_lorenti
 
Si bien creo que corresponde, lo consulto.

Un señor tiene trabajo insalubre, y otras tareas, con lo cual luego del calculo me da que se puede jubilar a los 59 años y 10 meses, hoy el señor tiene 63 y 10 de edad, puedo tomar dos años de exceso?????