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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #771252  por smk
 
Hola ,
Hoy me llamaron 3 clientes que fueron a Anses a Acreditar datos y les dicen que pueden ya iniciar si jubilacion pues salio una nueva moratoria
Yo no encontre nada , uds tienen alguna noticia?
Saludos
Smk
 #771255  por diegomdp
 
mandaste 3 clientes a acreditar datos? cuanto trabajo tenes... no lo mandes solo como le dijeron que salio algo que no habia salido tambien le pueden decir su profesional no hace nada para que le va a pagar algo que se lo hace hacer a ud
 #771257  por molinag
 
diegomdp escribió:mandaste 3 clientes a acreditar datos?
en algunas udais unicamente reciben al titular para acreditar datos..
diegomdp escribió:le pueden decir su profesional no hace nada para que le va a pagar algo que se lo hace hacer a ud
o que lo jubilen ellos..
 #771263  por diegomdp
 
molinag escribió:
diegomdp escribió:mandaste 3 clientes a acreditar datos?
en algunas udais unicamente reciben al titular para acreditar datos..
diegomdp escribió:le pueden decir su profesional no hace nada para que le va a pagar algo que se lo hace hacer a ud
o que lo jubilen ellos..
Buenos Aires, 01 de septiembre de 2011
CIRCULAR GPA Nº 32/11
DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE CUIL Y/O ACREDITACIÓN DE DATOS FILIATORIOS ADP
CERTIFICACIÓN DE FOTOCOPIAS DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL SOLICITANTE y DOCUMENTACIÓN DE VÍNCULOS FAMILIARES
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPA Nº 30/11
Se lleva a conocimiento la documentación válida para generar CUIL, modificar o acreditar datos filiatorios en ADP:
Argentinos o Extranjeros con Residencia Permanente en el País
o DNI, LC o LE.
o Como excepción, y en caso de pérdida del Documento mencionado, la constancia de documento en trámite y otra documentación donde surja el nombre, apellido, la fecha de nacimiento y Número de documento (ejemplo cédula de identidad, licencia de conducir, Pasaporte).
Extranjeros con Residencia No Permanente en el País
o Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, ó
o Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o
o permanente), ó
o Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación Argentina.
Para Extranjeros con Residencia Permanente en el Exterior con Derecho a una Prestación de la Seguridad Social Argentina.
o Documento del País de origen ó
o Formulario de solicitud de aplicación de Convenio, debidamente certificado en caso de existir un Convenio Internacional.
Para fallecidos
o Acta, Certificado o Partida de Defunción o Formulario 24 bis.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Asimismo, corresponde considerar como autoridad competente, a los efectos de la certificación de la documentación a presentar ante esta Administración, a:
• Funcionarios autorizados del Registro Civil y Capacidad de las Personas,
• Autoridad Consular,
• Autoridad Judicial,
• Escribano Público,
• Directores o Administradores de establecimientos Geriátricos, Hospitales Nacionales, Provinciales, Municipales, como así también Clínicas y Sanatorios Privados, donde el beneficiario se encuentre internado.
• Autoridad Previsional.
Respecto al último punto se deberá tener en cuenta que toda fotocopia de documento de identidad y/o de vínculos familiares, que se encuentre certificada por un Agente de esta Administración será válida única y exclusivamente, para los trámites a realizar en la misma Delegación donde el Agente certificante presta servicios.
Quedan exceptuados de este supuesto:
a) Las Oficinas que dependen de una UDAI cabecera.
b) Áreas Centrales que remiten documentación a la Gerencia Unidad Central de Apoyo.
c) La documentación que la UDAI remite para unificación/asociación de CUIL u otro trámite a la Gerencia Unidad Central de Apoyo.
d) Las áreas dependientes de Canales Alternativos (ejemplo UDAM) que remiten documentación a las UDAI, UDAT o Áreas Centrales
Queda exceptuado de esta normativa lo atinente a lo dispuesto por el Art. 979 inc.2 CC, cuando dispone que son instrumentos públicos respecto de los actos jurídicos, entre otros, cualquier instrumento que extendieran los escribanos o funcionarios públicos en la forma que las leyes hubieran determinado. Por lo que, dado que la exigencia de aportar el documento original del titular excede el marco normativo, no existe impedimento alguno para acreditar la identidad del peticionante mediante fotocopia del DNI certificada por escribano público o autoridad judicial.
En estos últimos casos, la responsabilidad del personal de ANSES por las posibles irregularidades que puedan cometerse y que intentan prevenirse con la solicitud del DNI original, quedarían a resguardo, toda vez que los funcionarios certificantes mencionados actúan en pleno ejercicio de sus facultades, debiendo responder por cualquier violación a la ley en la que pudieran incurrir.
Si la presentación la efectúa un tercero además debe exhibir ante el empleado de ANSES su Documento original a fin de acreditar su identidad.
Si la presentación se efectúa con copia certificada (aún cuando sea por Escribano Público) quien se presenta (titular o un tercero) deberá consignar al dorso de la copia autenticada del titular sus datos: apellido y nombre, tipo y número de documento, fecha y firma.
 #771268  por mmmm
 
novedades de la moratoria? que yo sepa ninguna, para hacer el adp, vallan juntitos, yo los estoy citando, voy temprano, saco numero, asi al llegar tenemos poco tiempo de espera, charlamos, y me paro atras como si fuera una parienta, nunca me echaron, al contrario, por que les doy todo ordenadito, le explico rapido para que es, y me agradecen por no perder tanto tiempo, hay que cuidar la quinta mija¡¡¡
 #771275  por diegomdp
 
mmmm escribió:novedades de la moratoria? que yo sepa ninguna, para hacer el adp, vallan juntitos, yo los estoy citando, voy temprano, saco numero, asi al llegar tenemos poco tiempo de espera, charlamos, y me paro atras como si fuera una parienta, nunca me echaron, al contrario, por que les doy todo ordenadito, le explico rapido para que es, y me agradecen por no perder tanto tiempo, hay que cuidar la quinta mija¡¡¡
nunca fue un requisito ir juntos a hacer el adp y no lo es tampoco ahora la circular lo aclara bien y es obligatoria para los empleados de anses, sino la quieren respetar muy sencillo nombre y apellido y denuncia con clave de seguridad social a carta compriso por no respetar la normativa, o a paseo coplon 239 piso 1 contrafrente o a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar aunque en ese mail la tienen que derivar al sector de carta compromiso por lo que no seria directa la denuncia
 #771327  por dramamita
 
claro que no es requisito ir juntos, pero si los mandas solos, lo mas seguro es que pierdas el cliente, a eso se refieren los foristas!!!!! aunque no comparto esa idea, como no soy abogada y solo confecciono SICAM mis clientes van solos y hasta ahora (toco maderaaaaa) nunca perdi ninguno. Sera que hay que hacer un poco de marketing con el cliente???? hay que ganarselo en la primera consulta!!!!
 #771368  por mmmm
 
diegomdp escribió:
mmmm escribió:novedades de la moratoria? que yo sepa ninguna, para hacer el adp, vallan juntitos, yo los estoy citando, voy temprano, saco numero, asi al llegar tenemos poco tiempo de espera, charlamos, y me paro atras como si fuera una parienta, nunca me echaron, al contrario, por que les doy todo ordenadito, le explico rapido para que es, y me agradecen por no perder tanto tiempo, hay que cuidar la quinta mija¡¡¡
nunca fue un requisito ir juntos a hacer el adp y no lo es tampoco ahora la circular lo aclara bien y es obligatoria para los empleados de anses, sino la quieren respetar muy sencillo nombre y apellido y denuncia con clave de seguridad social a carta compriso por no respetar la normativa, o a paseo coplon 239 piso 1 contrafrente o a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar aunque en ese mail la tienen que derivar al sector de carta compromiso por lo que no seria directa la denuncia
si los acompaño es para que no me escupan el asado (que terminos, perdon, me sale el barrio)
 #771377  por fabidoc
 
Yo siempre hago los ADP, tambièn cargo los salarios familiares. Sin ningùn costo adicional. Va todo en el paquete.
Tantas veces vienen con tràmites denegados, y comentan que encima que estaban mal hechos, el gestor jamàs asomò la narìz en la UDAI. Que los hay,los hay.
 #771402  por lilita09
 
fabidoc escribió:Yo siempre hago los ADP, tambièn cargo los salarios familiares. Sin ningùn costo adicional. Va todo en el paquete.
Tantas veces vienen con tràmites denegados, y comentan que encima que estaban mal hechos, el gestor jamàs asomò la narìz en la UDAI. Que los hay,los hay.
Es así Fabi hay que cuidar la quintita yo hago ADP,saco clave fiscal e inscripción en el PAMI y siempre hay una recomendación a mi favor,debemos hacer de cuenta que es nuestro trabajo y que vivimos del mismo :roll: :mrgreen:
 #771408  por Daniel58
 
Escuche hoy en el noticiero de America 24 al mediodia,que mañana una panelista (creo que de apellido Salgado) del noticiero en el espacio consumidores y...va a contestar dudas sobre si hay continuidad de la moratoria o ampliacion.
Puede ser esto o escuche muy mal
 #771459  por Anyweb
 
En el Presupuesto para 2011 aparentemente hay un incremento para Anses. Puede ser por las asignaciones o bien porque se ampliaría la moratoria. Veremos.
Hace unos días una Sra. decía en una Carta a Clarín que tenía 24 años de aportes y no se podía jubilar porque no tenía nada posterior al 09/93 pero que si otra mujer sólo tenía 5 años posteriores a esa fecha si podía hacerlo.
Creo que es una síntesis de lo que está ocurriendo y de alguna manera lo tendrán que solucionar.
 #771520  por DiegoChaco
 
lilita09 escribió:
fabidoc escribió:Yo siempre hago los ADP, tambièn cargo los salarios familiares. Sin ningùn costo adicional. Va todo en el paquete.
Tantas veces vienen con tràmites denegados, y comentan que encima que estaban mal hechos, el gestor jamàs asomò la narìz en la UDAI. Que los hay,los hay.
Es así Fabi hay que cuidar la quintita yo hago ADP,saco clave fiscal e inscripción en el PAMI y siempre hay una recomendación a mi favor,debemos hacer de cuenta que es nuestro trabajo y que vivimos del mismo :roll: :mrgreen:
Yo como soy contador no puedo hacer ADP, es mas, tengo que acarrearlos a los viejos, pero en la Udai tienen que entrar solos; porque no soy abogado gestor.
 #771715  por diegomdp
 
Anyweb escribió:En el Presupuesto para 2011 aparentemente hay un incremento para Anses. Puede ser por las asignaciones o bien porque se ampliaría la moratoria. Veremos.
Hace unos días una Sra. decía en una Carta a Clarín que tenía 24 años de aportes y no se podía jubilar porque no tenía nada posterior al 09/93 pero que si otra mujer sólo tenía 5 años posteriores a esa fecha si podía hacerlo.
Creo que es una síntesis de lo que está ocurriendo y de alguna manera lo tendrán que solucionar.
creo que es el mejor resumen es una sintsis de lo que esta ocurriendo y lo peor que encima tenemos que escuchar los discursos hipocritas de nuestra querida presidenta que ella incluyo a los excluidos de los 90, habra incluido a los excluidos de cualquier otra decada pero no precisamente a los del 90 si esos son los que tienen el problema que se quedaron en la calle en esa decada y que por su edad jamas consiguieron trabajo