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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #771312  por MDQ08
 
Estimados:
Me podrian orientar como proceder en este caso?
Tengo una sucesión en capital, represento a uno de los herederos, comencé e hice todo yo, cité al otro heredero que luego se presenta con letrado patrocinante.
Mi cliente no quiere inscribir el bien por lo que quedaria en la declaratoria, no hice convenio asi q iria a regulacion, ya está la DH.
Pido se me regule honorarios y presento certificaciones de inmobiliarias? tengo que pagar tasa o lo tengo que dejar p el momento en que quieran inscribir?

Gracias!!
 #771451  por Squonk
 
Vas a cesar en tu actuación en forma definitiva o vas a retomar cuando tu cliente quiera inscribir?
 #771471  por MDQ08
 
Hola, gracias por responder.
La verdad es que nosé que pasará mas adelante porque son dos hermanos y cada uno tiene su abogado y no saben qué pasará a futuro. El acervo es un unico bien (inmueble), no hay buena relación entre ambos, mi cliente me dice que por ahora él no quiere hacer nada.
No hice convenio antes porque cuando lo charlamos habíamos acordado que era hasta la inscripción y ahora me encuentro con al rta de que lo quiere dejar hasta acá.
En que variaría uno u otra cosa?
 #771504  por Squonk
 
MDQ08 escribió:En que variaría uno u otra cosa?
Es que los juzgados habitualmente no regulan honorarios si los exptes no están concluidos, salvo que ceses definitivamente tu actuación. En ese caso correspondería que te regularan.
Sin embargo yo lo hablaría en el juzgado con el que despacha, para que no te provean el antipático "Téngase presente para su oportunidad"
Saludos