Apelo una vez mas a Ustedes, alguien me puede orientar como sigo mi primera Sucesion. Fallece un señor se habre el sucesorio se dicta declaratoria, donde se declaran herederos la esposa y sus dos hijos, luego muere la esposa por lo cual amplio el sucesorio y sale la declaratoria para los dos hijos. Como sigo? hay una unica propiedad la cual esta a punto de vender quieren hacer un tracto alguien me puede orientar los pasos a seguir. Desde ya muchas gracias.
Tus clientes deben poner en venta el inmueble.
Una vez que encuentran un comprador pactan en el boleto un plazo de unos cuarenta días.
Como ellos designan el escribano, cuando sabés quien es pedís en el expediente que se inscriba la declaratoria de herederos con relación a ese inmueble, por tracto abreviado y con intervención de ese escribano.
En el mismo acto pagás la tasa de justicia (1,5% del valor del inmueble incrementado en un 10%).
Algunos juzgados exigen que acompañes certificados de dominio e inhibiciones y el título de propiedad. Por las dudas conviene tenerlos disponibles.
Cuando el juez tiene por pagada la tasa de justicia y ordena la inscripción retirás en préstamo el expediente (vos o mejor el escribano) y listo.
Tus honorarios los podés cobrar en el momento de la firma del boleto o de la escritura o parte y parte.