Hola colegas les comento la situación, son tres funcionarios de un ex organismo, que reclaman el pago de diferencias salariales de los años 89 y 90, el expediente paso por diversos organismos sin interrupcion, hasta que en el año 95 sale un Decreto del PE que le reconoce esas diferencias. Pero se para el tramite en ese año y luego en el 2000 las partes piden que siga el tramite, sigue todo hasta abril de 2002 y nuevamente queda parado el expte hasta que luego en febrero de 2011 vuelven a pedir siga el tramite.
Hoy se aduce que segun CC 3956 y 4023, estaria prescripto el credito a favor de estos funcionarios.
¿Es asi?
¿No hay derecho adquirido porque se dictó el decreto respectivo?
Si pueden ayudarme, espero sus respuestas. Gracias.-
Hoy se aduce que segun CC 3956 y 4023, estaria prescripto el credito a favor de estos funcionarios.
¿Es asi?
¿No hay derecho adquirido porque se dictó el decreto respectivo?
Si pueden ayudarme, espero sus respuestas. Gracias.-