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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #774503  por exjefe
 
Amigos foristas. Sr. nacido en 12/1951 quiere regularizar su situacion previsional para que al cumplir los 65 pueda jubilarse.
Tiene aportes del 11/1998 al 12/1999. La idea es ir pagando la moratoria en 60 cuotas, tiempo exacto para que al cancelarla inicia su tramite jubilatorio.
La consulta es la siguiente:
EN SICAM Prestacion solicitada debo poner : RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS?
Al enviar el plan queda automaticamente aprobado?

Al cabo de 5 años podre realizar un nuevo SICAM poniendo el prestacion solicitada JUBILACION?
De ser asi, la situacion de revista me quedaria:
01/70 a 09/93 cod 401
11/98 a 12/99 cod 10
Beneficios:
Art. 3 24476 06/77 a 09/80 y 04/84 a 11/85
Por lo que no me arrojaria deuda, lei por ahi que era necesario determinar una deuda sino era rechazado???

Faltan 1 mes que se puede utilizar Art 19 diferencia de edad iniciando el tramite en 03/2017.

Agradecere sus opiniones. Saludos
 #774592  por exjefe
 
exjefe escribió:Amigos foristas. Sr. nacido en 12/1951 quiere regularizar su situacion previsional para que al cumplir los 65 pueda jubilarse.
Tiene aportes del 11/1998 al 12/1999. La idea es ir pagando la moratoria en 60 cuotas, tiempo exacto para que al cancelarla inicia su tramite jubilatorio.
La consulta es la siguiente:
EN SICAM Prestacion solicitada debo poner : RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS?
Al enviar el plan queda automaticamente aprobado?

Al cabo de 5 años podre realizar un nuevo SICAM poniendo el prestacion solicitada JUBILACION?
De ser asi, la situacion de revista me quedaria:
01/70 a 09/93 cod 401
11/98 a 12/99 cod 10
Beneficios:
Art. 3 24476 06/77 a 09/80 y 04/84 a 11/85
Por lo que no me arrojaria deuda, lei por ahi que era necesario determinar una deuda sino era rechazado???

Faltan 1 mes que se puede utilizar Art 19 diferencia de edad iniciando el tramite en 03/2017.

Agradecere sus opiniones. Saludos
Agrego: A partir de 01/2012 lo inscribo en monotributo, por lo que en situacion de revista me quedaria asi:
01/70 a 09/93 cod 401
11/98 a 12/99 cod 10
01/12 a 12/16 cod 10
SIN BENEFICIOS DEL ART. 3.
 #774616  por dramereu
 
tiene inscripción? ese aporte que tiene qué tipo de aporte es aut. o rd? por que si no tiene inscripción para mi, ojo, para mi, es mucho riesgo que pague al día de hoy 5 años para adelante moratoria, no sabemos si la van a aceptar en un futuro... yo el turno no lo sacaría como reco por que te van a pedir prueba de lo que trabajó, no hay que sacar turno, tenes que hacer sicam e ir pagando, el reco es para que queden acentados los años, vos tenes sólo un año, no se si vale la pena...salen en sistema?
 #774780  por exjefe
 
dramereu escribió:tiene inscripción? ese aporte que tiene qué tipo de aporte es aut. o rd? por que si no tiene inscripción para mi, ojo, para mi, es mucho riesgo que pague al día de hoy 5 años para adelante moratoria, no sabemos si la van a aceptar en un futuro... yo el turno no lo sacaría como reco por que te van a pedir prueba de lo que trabajó, no hay que sacar turno, tenes que hacer sicam e ir pagando, el reco es para que queden acentados los años, vos tenes sólo un año, no se si vale la pena...salen en sistema?
Debo sincerar los datos que tengo, solamente cuento con estos:
Sr. nacio en 12/1951
En datos personales tiene SOLO PERIODOS NO PRESCRIPTOS 11/1998 a 06/2004 Cat 10 Monotributo previsional-Trabajador activo- Tipo de contribuyente MONOTRIBUTO. En 06/2004 le dieron la baja definitiva porque no se reempadrono.
En pagos solo tengo un periodo pagado 11/1998.
No tiene nada mas de aportes autonomo ni en rrdd.

Como veran difiere mucho de lo que este Sr. me habia dicho, por lo que despues de un amplio estudio llego a la siguiente propuesta:

Que el beneficio jubilatorio lo inicie en 03/2018 en lugar de 12/2016.
Que realice su Regularizacion Voluntaria Ley 24.476 01/1970 a 09/1993 23 Años y 9 meses
en fecha 12/2011 y que pague la misma en 60 cuotas de $ 328. cada una.
Que pague 14 cuotas del Monotributo antiguo (12/1998 a 06/2004) cuyo CAPITAL ES DE $ 48 con mas los intereses, durante los meses 01/2017 a 02/2018 (Hoy esa cuota es de $ 230.=).
Como veran llego a los 30 Años aplicando 7 meses de art. 19 y en la Regularizacion incorporo 2 Años de beneficio art. 3 ley 24.476.

Ahora bien, no encuentro otra salida para este Sr. que nunca aporto, y si lo inscribo ahora en monotributo tampoco llega a los 30 Años.

Pregunta:
Si todo el planteo esta bien, como hago el SICAM?? y como hago para obtener un reconocimiento de esos servicios que va a pagar en 60 cuotas. En el futuro creo que tendran que aceptar estos servicios declarados por moratoria o no?

Gracias Dramereu.
Por favor espero sus comentarios.
Saludos.
 #774869  por arielruiz86
 
No te reviso bien el planteo, pero parece que esta bien. El tema del reconocimiento hay que tener presente que hasta tanto no se termine de ingresar efectivamente las 60 cuotas del mismo no se puede iniciar ningun expediente en el anses (el reco en si) por lo que se podria optar por ingresar de contado la moratoria para inmediatamente presentar el pedido de reconociemiento, luego el anses resuelve y otorga la resolución administrativa que tendrá el pleno valor probatorio para presentar en el futuro e incluso en cualquier otro organismo nacional, y ahi si quedarse tranquilo con la compra de este pack de oferta.
 #774892  por exjefe
 
arielruiz86 escribió:No te reviso bien el planteo, pero parece que esta bien. El tema del reconocimiento hay que tener presente que hasta tanto no se termine de ingresar efectivamente las 60 cuotas del mismo no se puede iniciar ningun expediente en el anses (el reco en si) por lo que se podria optar por ingresar de contado la moratoria para inmediatamente presentar el pedido de reconociemiento, luego el anses resuelve y otorga la resolución administrativa que tendrá el pleno valor probatorio para presentar en el futuro e incluso en cualquier otro organismo nacional, y ahi si quedarse tranquilo con la compra de este pack de oferta.
Ok. Ariel Ruiz, ahora la pregunta nuevamente:
Para hacer el Sicam donde dice PRESTACION SOLICITADA que opto: Por Jubilacion?. Por reconocimiento de servicios? u Otros libre deuda?
Gracias por contestar.
Saludos.
 #774899  por ecar
 
el planteo esta muy bien, pienso que las cuotas de moratoria, como son fijas, a traves del tiempo seran de poco valor. no seria mejor hacer el calculos a los 65 años inscribirlo en monotributo 8 meses . alta y cese, cuando creas conveniente.
moratoria 60 cuotas de $365. fecha de presentacion 12/2011
perderias el art. 3 y el art 19
por el periodo 11/98 a 06/2004 monotributo, cancelarlo antes de los 65 años, que las cuotas de moratoria son de poco valor. va a tener que cancelar simultaneamente 2 planes de regularizacion, ley 24476 y el de monotributo. te reitero tu planteo esta hecho al detalle, el mio es el tradicional, de partir de la fecha jubiladora a los 65 años. bueno, muchos saludos.
 #774901  por arielruiz86
 
Si van a pagar en cuotas la moratoria se carga "Otros libre deuda" hasta tanto se solicite el reco o la jubilación, y si pagan de contado para solicitar inmediatamente el reco se carga "Reconocimiento de SS", aunque nada impide que en ambos casos se cargue directamente "Reconocimiento de SS" con tal que los pagos se bayan efectivizando.
 #775023  por exjefe
 
ecar escribió:el planteo esta muy bien, pienso que las cuotas de moratoria, como son fijas, a traves del tiempo seran de poco valor. no seria mejor hacer el calculos a los 65 años inscribirlo en monotributo 8 meses . alta y cese, cuando creas conveniente.
moratoria 60 cuotas de $365. fecha de presentacion 12/2011
perderias el art. 3 y el art 19
por el periodo 11/98 a 06/2004 monotributo, cancelarlo antes de los 65 años, que las cuotas de moratoria son de poco valor. va a tener que cancelar simultaneamente 2 planes de regularizacion, ley 24476 y el de monotributo. te reitero tu planteo esta hecho al detalle, el mio es el tradicional, de partir de la fecha jubiladora a los 65 años. bueno, muchos saludos.
Muchas gracias ECAR, la utilizare como otra opcion, en definitiva sera el interesado el que decida.
Saludos
 #775024  por exjefe
 
arielruiz86 escribió:Si van a pagar en cuotas la moratoria se carga "Otros libre deuda" hasta tanto se solicite el reco o la jubilación, y si pagan de contado para solicitar inmediatamente el reco se carga "Reconocimiento de SS", aunque nada impide que en ambos casos se cargue directamente "Reconocimiento de SS" con tal que los pagos se bayan efectivizando.
Muchas gracias Ariel, asi lo hare "Reconocimiento de SS".
Saludos.