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  • Suspendieron la jubilación de mi mamá

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #775306  por ctesio
 
Hola a todos! Mi mamá se jubiló por servicio doméstico (a partir de los 60 años, con una moratoria en cuotas mensuales por 5 años), recibió la carta con el resumen de cobro y todo. Ayer 17/10/2011 era el primer cobro y para su sorpresa se encuentra con que las jubilaciones por serv. doméstico han sido suspendidas... Tiene una tristeza infinita! :cry: Esperó desde enero, hace un mes que recibió la carta y esperaba ansiosa ir a cobrar y hoy se encuentra con este chiste... La pregunta es: Para qué la jubilaron? Ya tiene numero de codem, en el banco ya tiene la plata depositada, pero dicen que se la bloquearon desde anses... Ustedes saben algo de esto? Es normal que pase? Las personas que le hicieron el trámite dicen que es la primera vez que les sucede esto... Y dicen que mañana van a ir al anses a averiguar (Río Cuarto - Córdoba) Espero ansiosa su respuesta y prometo comentar cualquier novedad, porque se que hay personas que preguntan y despues nunca responden... Gracias!!! Si les hace falta algun dato por favor haganmelo saber ya que yo no entiendo mucho de esto...
 #775312  por noelin
 
HAY Q PLANTEAR URGENTE UN AMPARO, APLICANDO LA TEORIA DEL HECHO PROPIO, Y CON CAUTELAR DE PAGO DE HABERES. PREVIAMENTE INTIMAR PAGO A ANSES X TELEGRAMA.
 #775323  por ctesio
 
Muchas Gracias por responder!!... Pero le dijeron que suspendieron todas las jubilaciones de ese tipo (serv. domestico)... ustedes saben algo??
 #775372  por dramereu
 
Mi cliente cobró hoy, y es servicio doméstico, debe hacer un inconveniente con la verificación, o debe faltar el dictámen de legales, pero la jubilación, si está como "favorable", tarde o temprano debe ser percibida.
 #775408  por ctesio
 
Gracias Dramereu por responder... A mi mamá le figuraba que el trámite había pasado a legales para su posterior aprobación, luego le pusieron que el tramite se habia resuelto favorablemente. Mi mamá recibió la carta, si entra en "donde cobro" esta todo perfecto con el numero de beneficio, el banco, y la fecha de cobro (17/10) tiene todo!!! Pero no le quieren pagar y no sabemos por qué. Lo que le dijeron es que se suspendieron todas las jubilaciones de este tipo y que las van a verificar todas otra vez (o sea, un año mas por lo menos me imagino) Mañana les cuento lo que respondieron en Anses... Gracias a todos por sus respuestas!
 #775415  por diegomdp
 
ctesio escribió:Gracias Dramereu por responder... A mi mamá le figuraba que el trámite había pasado a legales para su posterior aprobación, luego le pusieron que el tramite se habia resuelto favorablemente. Mi mamá recibió la carta, si entra en "donde cobro" esta todo perfecto con el numero de beneficio, el banco, y la fecha de cobro (17/10) tiene todo!!! Pero no le quieren pagar y no sabemos por qué. Lo que le dijeron es que se suspendieron todas las jubilaciones de este tipo y que las van a verificar todas otra vez (o sea, un año mas por lo menos me imagino) Mañana les cuento lo que respondieron en Anses... Gracias a todos por sus respuestas!
usa el buscador de este portal o de solo derecho, en varios post explique lo que sucede, no es de hoy es de hace un año que pasa esto, si la gente que te hizo el tramite dice que se los suspendieron a todos o te estan mintiendo o estan un año atrasados, cuando tu mama presento el tramite esto ya se sabia que podia pasar, pasa que los inescrupulosos no se lo dicen a los clientes poruqe sino muchos no se arriesgarian total el que pierde siempre es el beneficiario, salvo que el beneficiario consienta y quiera correr el riesgo que implica hacer un sdm hoy en dia.
saludos
 #775457  por ctesio
 
Bueno Diego, te agradezco por responder... La verdad que busque en el foro y no encuentro en donde explicas esto que me decis. Si me dieras algunas palabras clave para buscar creo que sería mas facil. Y la verdad que los tramitadores no le dijeron nada a mi mamá que esto podría pasar... Es una pena! Veremos mañana con que verso nos salen los del Anses.... Muchas Gracias!
 #775476  por Lorena77
 
Los tramitadores no te ponen al tanto de esas cosas. El que tiene que informarle al cliente sobre los riesgos de hacer una jubi como la de tu mama (SDM) somos los que hacemos las jubilaciones. Hay muchos que ya ni agarran esos casos, porque hasta aportes que son reales son denegados, es una vergüenza, pero es asi. Es raro que "no hayan sabido" que esto iba a pasar, imposible diría yo.
Saludos y suerte
 #775550  por Anyweb
 
Me parece que en lugar de estar buscando vos una respuesta los que se tienen que ocupar son los que tramitaron la Jubilación.
Tu mamá les va a pagar los honorarios cuando cobre. Ellos tienen tanto interés como vos.
 #775626  por arandu2
 
Buenas noches.

Esta es la circular por medio de la cual se autoriza la suspension de los pagos.



Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
“2011 – Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad
de los Trabajadores”
Buenos Aires, 14 de abril de 2011
CIRCULAR GP Nº 26/11
BENEFICIOS RETENIDOS
INVOCACIÓN DE TAREAS EN CALIDAD DE SERVICIO DOMÉSTICO
La Gerencia Control Prestacional en el marco de las tareas de revisión y optimización de procesos que realiza, detectó beneficios en los cuales se han computado tareas en calidad de servicio doméstico, que presentan anomalías.
En atención a ello, solicitó poner en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración, el circuito que deberán cumplimentar dichas áreas ante un beneficio que se encuentra incluido en el listado publicado en Intranet - Servicios - Ret - Retenciones aplicadas sobre la Liquidación de Beneficios Previsionales SIPA - Anomalías detectadas en SDM y proceder, según la tipología de que se trate, conforme las pautas que a continuación se detallan:
I. TIPOLOGIAS GRUPO A:
• Dador Múltiple
• Dador Jubilado con la consideración de períodos como servicio doméstico
• Dador Fallecido
• Dador Menor de Edad
• Verificaciones Dudosas/Inactivas
• Dador con posible Parentesco
Para éstos casos las áreas operativas no deben realizar acción alguna.
Los casos cuya remisión es solicitada por la Coordinación Revisión Prestaciones Pasivas, dependiente de la Gerencia Detección para su intervención y notificación al titular, deberán ser remitidos a la misma sin intervención alguna por parte de la UDAI, teniendo en cuenta que los mismos ameritan el análisis de cada situación y la caratulación de las actuaciones bajo el tipo de trámite 751, de corresponder, a partir de la retención de haberes efectuada.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
“2011 – Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad
de los Trabajadores”
II. TIPOLOGIAS GRUPO B:
• Dador inconsistente/inválido
• Incumplimiento de Normativa
Para este universo las áreas operativas deberán proceder a:
1. Efectuar la baja por LMN del beneficio retenido.
2. Una vez visualizada la misma en RUB, operar la baja de los datos de las bases de PrPa.
3. Realizar la baja del proceso de Probatoria en SICA, y efectuar las correcciones necesarias reiniciando el proceso nuevamente.
4. Una vez cumplida la etapa de la probatoria y producido el dictamen del área legal, proceder nuevamente a la incorporación en PrPa.
La Coordinación Revisión Prestaciones Pasivas dependiente de la Gerencia Detección solicitará los trámites encuadrados en la Tipología B, transcurridos los 60 días de efectuada la retención, a fin de determinar si corresponde o no la generación del trámite 751.
IMPORTANTE: En los casos que presentan estas tipologías deberán cumplirse indefectiblemente las pautas detalladas en los puntos 1. a 4. y bajo ningún concepto deberá solicitarse el levantamiento de la marca de retención original o proceder a la reactivación del beneficio.

Arandu del Portal
 #775798  por maximilianf
 
tendrias que ver si se armo un expte 751 que seria suspencion por presunta irregularidad, ahi que tu abogada pida el expte y vea cual fue el problema y solucionarlo. si fue una jubilacion con sdm los problemas mas comunes son que la persona que firmo los formularios como empleador no tenga acreditados los datos en anses, o que no hayan ido a verificar. bueno espero que te sirva. ademas no te preocupes que no esta denegado la jubilacion y solo van a controlarla antes del pago pero pueden denegar si no se arregla lo que estaria mal. ahi si te deniegan podes apelar todavia. saludos
 #775813  por fito657
 
En la tipología "A"se hace un ennumeración mas o menos lógica pero en la tipología "B" cuando habla del dador inconsistente deja abierto a la subjetividad una infinidad situaciones para ser dador inconsistente porque no dice es inconsistente por tal o cual motivo simplemente es inconsistente porque es inconsistente.
 #775814  por diegomdp
 
maximilianf escribió:tendrias que ver si se armo un expte 751 que seria suspencion por presunta irregularidad, ahi que tu abogada pida el expte y vea cual fue el problema y solucionarlo. si fue una jubilacion con sdm los problemas mas comunes son que la persona que firmo los formularios como empleador no tenga acreditados los datos en anses, o que no hayan ido a verificar. bueno espero que te sirva. ademas no te preocupes que no esta denegado la jubilacion y solo van a controlarla antes del pago pero pueden denegar si no se arregla lo que estaria mal. ahi si te deniegan podes apelar todavia. saludos
que el dador no tenga los datos acreditados no es motivo de retencion y yo que ella me preocuparia porque el avasallamiento de control le va a demorar alrededor de un año que es lo que esta demorando ahora, con el inconveniente de que cada vez son mas las retenidas con lo cual mas trabajo acumulado.
por ahi le toco algun buen profesional y lleva su caso a sede judicial, porque nadie esta exento que le retengan un tramite, desde el mejor profesional hasta el mas caradura que no sabe bien lo que hace pero hace jubialciones.