alejandra01 escribió:por el extracto del fallo y lo dicho por Noelín, se alude a la igualdad ante la ley, por lo cual les corresponde a todos, independientemente de la participación o no del anses.
mi cliente nació en 1970 y falleció en 1991. muy joven. Se dice que no son culpables de nacer o morir en tal o cuales fechas y por eso cobrar sumas miserables que no alcanzan en absoluto a cubrir necesidades. Imagínense que mi clienta cobra ahora cerca de 450 pesos a repartir entre ella y un menor de 12 años...!
Entonces, si tu causante habia nacido en el 70, si le correspondera a la viuda la integración hasta la minima de acuerdo a los fallos que menciono Noelin, las otras, hasta el momento, no tuvieron suerte en los reclamos. Si me enterara que si, me vendria bàrbaro, porque tenemos como 60 casos para reclamar por pensiones o retiros definitivos con renta vitalicia.
Y, si bien no son culpables de nacer o morir en una u otra fecha, lo que cobraron estuvo de acuerdo a lo que marcaba la 24241 al ser de Capitalización. Si hubiera estado en Reparto, hubiera cobrado en principio, lo mismo. El promedio de sus ultimas 60 remuneraciones o las que hubiera tenido para el compúto.
Que sea ahora injusto o miserable, es otra cuestión.
Saludos