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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #776106  por miletrado
 
Estimados tengo una consulta.

Tengo una cliente que en su momneto se caso, luego de varios años de estar separada me encaraga que le haga el Divorcio. Lo inicie por 214 inc 2ºI, en Capital Federal (domicilio del hogar conyugal al momento de la separacion), luego de un año de gestiones, la contraparte quedo rebelde. Ahora segun averigue en el Juzgado quieren tomar la audiencia de conciliacion.
Pregunto que sentido tiene? (obviamente uds no lo sabran responder)...
El problema es que mi cliente esta a 2000 km de la Capital y queria saber si alguno de Uds. le paso algo similar.
Podre pedir que se tome por exhorto??

Acepto sugerencias............

Gracias
 #776491  por miletrado
 
Si pero segun el Art. 60 CPCCN cuando dice "En caso de duda, la rebeldía declarada y firme constituirá presunción de verdad de los hechos lícitos afirmados por quien obtuvo la declaración."
Nio implica que se deben tener por ciertos los hechos que invoque en la demanda?. y entre los hechos esta que estan separados por mas de tres años.

Gracias y sigo aguardando sugerencias...........