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  • PENSION DERIVADA-HIJA DISCAPACITADA.-

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #775907  por monicamabel01
 
Hola Colegas!!! Recurro otra vez a sus conocimientos para que me asesoren sobre una situación que no me tocó nunca hasta ahora. El tema es así: titular fallece en abril, tiene una hija discapacitada a su cargo (síndrome de down) y cobra subsidio ó asignación por hijo discapacitado; en mayo una de las hijas le inicia la pensión a la madre, pero no hicieron ninguna presentación por la hija discapacitada porque ellas primero habían ido a PAMI a averiguar para no quedar sin cobertura médica, y allí les dijeron que primero tenía que hacer ese trámite (es decir, en PAMI por la obra social) y después en ANSeS. Cuando inician la pensión en ANSeS no le preguntaron nada respecto de la hija discapacitada a cargo del causante, y ellas supusieron que automáticamente quedaba a cargo de la madre y que -por lo tanto- continuarían pagándole a ella la asignación, pero cuando en septiembre cobra el primer haber, se dan cuenta que no es así. La consulta me la hizo otra de las hijas del fallecido, que también es abogada pero no sabe de previsional, porque dice que fue al ANSeS (UDAI LUGANO) donde se tramitó la pensión, y no supieron decirle qué tenía que hacer; ella quiere que le paguen el subsidio ó asignación desde la fecha de fallecimiento ya que considera que hubo negligencia y falta de información del ANSeS. Por favor, si alguien me puede orientar sobre qué tipo de reclamo hay que hacer y como hacerlo, les estaría muy agradecida.-
 #775915  por Real
 
Si yo hice un caso similar, cuando ingresas la pensión no te acreditan la discapacidad, lo que tenés que hacer es acreditar la discapacidad con certificado médico, certificado de discapacidad, poder, historia clínica, documentos, partida de defunción y último recibo del padre que demuestre que cobraba por hijo discapacitados, con turno. Una vez que resuelven favorablemente sacás nuevamente turno en anses para inclusión de derechahabiente, con la resolución favorable de la discapacidad o el mismo día que te dan el comprobante que acreditaste la discapacidad te derivan a beneficiarios y pedis la inclusión de la discapacitada en la pensión y el pago de la misma te la reconocen desde que acreditó la discapacidad ante ANSES.
TE VAN A PEDIR DOS PODERES, porque son dos tramites, hace copia.
 #776180  por Real
 
Yo saque turno para inclusión de derecho habiente en pensión por fallecimiento, pero antes acredité la discapacidad pero sin turno, me dieron un número y ahí me derivaron a discapacidad.