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  • Sucesión - Duda bienes gananciales

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 #775825  por chenzof
 
Estimados colegas, muchas gracias por el interés.

Mi consulta es la siguiente: tengo que iniciar la sucesión del cónyuge que no tiene bienes (compraron juntos una casa, pero está 100% inscripta a nombre del cónyuge sobreviviente): ¿hay que denunciar ese bien en la sucesión y que sea dividido en la partición de herencia?

Muchisimas gracias por la lectura! Muchas mas por las respuestas!!!
¡Saludos cordiales!
 #775878  por chenzof
 
Muchas gracias por la respuesta!!! Claro, entiendo que son gananciales y ahí surge mi duda: esos bienes que figuran a nombre del cónyuge que vive, los tengo que denunciar aunque NO figuren a nombre del fallecido???

Por otro lado, tienen hijos y todos son de ambos cónyuges. Es decir: no cambia el resultado, porque los herederos son los mismos para ambos cónyuges.

Muchas gracias de nuevo!!! Saludos!
 #776421  por FrancisNovelazo
 
Creo que lo importante a tener en cuenta simplemente es verificar que la adquisición de los bienes sea posteriores a la formación de la sociedad conyugal y que no hayan sido obtenidos a título gratuito.
 #777148  por NOMOLESTAR
 
Si el bien se compró después del matrimonio, estando la sociedad conyugal vigente es un bien ganancial; por lo tanto, hay que denunciarlo en la sucesión y en el caso de que alegue que es un bien propio deberá probar que dicho bien pertenece a una ;donación, legado, herencia, subrogación real (reemplazo de un bien propio por otro), que lo tenía antes de casarse o que lo compró con dinero propio.

Art. 1.272. Son también gananciales…

Los bienes adquiridos durante el matrimonio por compra u otro título oneroso, aunque sea en nombre de uno solo de los cónyuges.