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  • COMO APLICO LA TASA PASIVA?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #509466  por marpi
 
Hola a todos, estoy incursionando en alimentos y el caso es de una madre que hace 11 años acordo alimentos, el tipo nunca pago y ahora ella quiere reclamar. Cómo es el cálculo para aplicar la tasa pasiva a cada mes 5 años para atras?
Si pido aumento de la cuota... éste rige para las futuras cuotas no? Gracias por respoder!
 #509469  por doctorcitaLP
 
marpi escribió:Hola a todos, estoy incursionando en alimentos y el caso es de una madre que hace 11 años acordo alimentos, el tipo nunca pago y ahora ella quiere reclamar. Cómo es el cálculo para aplicar la tasa pasiva a cada mes 5 años para atras?
Si pido aumento de la cuota... éste rige para las futuras cuotas no? Gracias por respoder!


HOLA , en esta pagina tenes como sacar calculos, y vos pones el item tasa pasiva,
http://www.colproba.org.ar/index.php/liquidaciones

espero te sirva para el caso, un saludo!
 #509541  por antihique
 
y porque la tasa pasiva??? busca jurisprudencia sobre la aplicacion de la activa y arriesgate a pedirla,y fundamentala sobre lo que dicen esos fallos de porque hay que aplicar la tasa activa por la inflacion
Para el incremento debes iniciar un incidente de aumento de cuota alimentaria en otro expte
 #509595  por doctorcitaLP
 
marpi escribió:Doctorcita!!! muchisimas gracias!!!


POR NADA! fijate el consejo de antiheque. esta muy bueno tambien...!!! porque no arriesgarse!
saludos y suerte-!!
 #509796  por marpi
 
Gracias chicos....... ahora no se cual aplicar, porque en gral. aplican la pasiva no?
También el tema es que yo ejerzo en Córdoba Capital y debería averiguar cual se aplica acá, según qué banco.......
(digo, porque en la pagina que me pasaste había varias tasas pasivas, del nación, del provincia de bs as, banco central, en pesos, en dólares, QUE LIO! CUAL APLICO!!!!!!!)
 #510947  por antihique
 
Si tenes los alim fijados porque no haces una ejecucion de alimentos??? Demanda por el monto de los 5 años sin intereses,despues cuando hagas la liquidacion ahi vas a aplicar los intereses.Me parece que es mas conveniente. aca podes embargar si tiene bienes o sueldo y cobrar la totalidad en pocas veces o en una sola vez si embargas un inmueble;ademas tus honoraiors van a ser interesantes porque vas a cobrar en relacion al capital de 5 años adeudados y luego pedir complementarios por los intereses.
o ya lo hiciste la ejecucion de alimentos??
 #776514  por Jime006
 
Colegas alguien tiene idea de donde puedo sacar:

1. la tasa que cobra el Banco Provincia de Córdoba para sus operaciones en dolares y
2. la tasa que cobra el mismo banco por sus operaciones de descuento de documentos a treinta días??????

le agradezco a quien me pueda ayudar..