Mi cliente tenía un plazo fijo en el banco patagonia, el cual fue reprogramado y transformado en cedros. Se inició un amparo en el año 2002 se obtuvo el 50% por una cautelar y se aplicó el fallo Massa. Hasta ahí ningún problema. El tema es que el banco adjudicó los intereses de los cedros a una cuenta sueldo que posee la hija del actor en ese banco. La hija hizo diferentes retiros sin saber que le estaban depositando esos intereses. En el 2009 se le pide una liquidación al banco y éste informa que del 50% restante que debía cobrar el actor se van a descontar las sumas que se depositaron en esa cuenta. En su momento presenté un escrito explicando que el banco debería haber informado al actor acerca del cobro de esos intereses y no depositarlo en una cuenta que no le pertenece. El juez entendió que esta situación excedía el marco de la acción de amparo y debía ser resuelta por otra vía. Yo en su momento no apelé tal resolución porque el banco en uno de sus escritos amenazó con llevar la causa a fuero penal por cuanto la hija del actor retiró fondos que, en realidad, no le pertenecían. Ahora voy a pedir que se libre un nuevo mandamiento para cobrar la suma que el banco liquidó. Pregunto: puedo poner en el acta que hace el oficial de justicia que el actor cobra haciendo reserva por los derechos que posee por la suma no abonada? Es mejor que pida al juez que se libre el mandamiento con esa reserva ya incuida?
La hija estaba como amparista??
Recuerdo que en la facultrad lo primero que aprendi fue que "el qe paga mal paga dos veces..."
Impugna la liquidación diciendo que tu cliente no percibió interes alguno (eelos deben probar que los pagaron) y ante ello deberan hacerle un juicio a la hija de tu cliente por enriquecimiento injustificado.