Hola Gente!!
Tengo la siguiente inquietud
En un juicio donde voy por la parte actora se impusieron las costas a las demandadas.
Ahora yo pedí regulación de honorarios, luego de dos meses pude ver el expediente con la resolución que regulaba mis honorarios _con fecha de de casi un mes atrás!!!_ pero además con la sorpresa de que in fine se consignaba "NOTIFIQUESE A LAS DEMANDADAS"
Pregunto a mis estimados colegas:
Quiere decir eso que yo me notifiqué por nota?
En caso afirmativo, es correcto que una parte se notifique por nota y la otra por cédula?
Finalmente la resolución que regula honorarios no estaría comprendida en el art. 135 inc. 13) del CPCCN??
Desde ya muchas gracias!!!!!!!
Tengo la siguiente inquietud
En un juicio donde voy por la parte actora se impusieron las costas a las demandadas.
Ahora yo pedí regulación de honorarios, luego de dos meses pude ver el expediente con la resolución que regulaba mis honorarios _con fecha de de casi un mes atrás!!!_ pero además con la sorpresa de que in fine se consignaba "NOTIFIQUESE A LAS DEMANDADAS"
Pregunto a mis estimados colegas:
Quiere decir eso que yo me notifiqué por nota?
En caso afirmativo, es correcto que una parte se notifique por nota y la otra por cédula?
Finalmente la resolución que regula honorarios no estaría comprendida en el art. 135 inc. 13) del CPCCN??
Desde ya muchas gracias!!!!!!!
PAIDEIA
C.A.B.A.
C.A.B.A.