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  • Suspendieron la jubilación de mi mamá

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #776822  por diegomdp
 
yami escribió:me paso este caso con una amiga, fuimos a cobrar el Junio al bco. y el pago estaba bloqueado, en Anses primero no sabian porque era pero despues de mucho buscar dijeron que encuandraba en la problematica del tipo B, entonces le mandamos carta documento a la calle Parana y despues certificada a Diego Bosio, porque nuestro caso eran pagos de SDM en tiempo y forma , la cueston que el exp. paso al Anses de San Justo desde coordinacion de modificacion y bajas, este fin de setiembre y fijandome en "Donde cobro aparecen de nuevo para el cobro,los periodos desde Octubre y Noviembre, para cobrar en noviembre.(hacia 2 meses que lo habian dejado en blanco). Lo que no se si en este caso me van a abonar el retroactivo ya que en junio la sra. debia cobrar como $12000 que correspondian desde 2010.
este comentario es interesante y muy productivo, la coordinacion seguimientos y bajas es el ultimo paso del expediente dentro del circuito de control de ahi sale para la udai con la resolucion de control para que lo rehabiliten o de que lo den de baja, lo interesante de este caso son los tiempos, hasta ahora los unicos que vi rehabilitados son expedientes retenidos a fines de 2010, este es de junio con lo cual puede ser que control este agilizando el tratamiento de estos casos o que hayan hecho efecto las cartas documentos.
ahora entiendo que muchos de los casos no deberian demorar tanto como antes porque como dije en un post anterior muchas de las retenciones dieron origen a consultas a la gaj, la gaj emitio varios dictamenes con lo cual ante la retencion de casos repetitivos ya tienen la respuesta de como proceder, con lo cual los tiempos deberian ser menores que de los primeros que fueron retenidos a fines del año pasado
 #776954  por sanher
 
Tuve un caso en UDAI Lomas. No lo quise comentar. Puse al primo hermano como dador, le hicieron la verificación y manifestó que le cortaba el pasto, porque otras personas no querían salir. Puse 8 horas semanales en la declaración jurada, y lo acordaron. Pero creo entender que no lo pueden hacer porque en primer lugar ya está acordado, en segundo lugar si quieren hacer valer esa cuestión ya no lo pueden hacer porque no lo hicieron valer en la resolución que acordó el beneficio y cometieron acto propio. La ley 25.239 no prohibe que los familiares salgan como dadores, salvo el supuesto que sean dependientes que encuentran en el decreto 326/56. Sinceramente lo que diga la GAJ en sus dictámenes de Gorki o goñi o Circulares ya no me interesan porque reina la incoherencia y la ilegalidad.
Hay que aclarar que cuando se inicia con SDM independientes no hay que presentar recibos de sueldo, de esa manera se evita denunciar al dador, y no presentar el anexo, la ley 25.239 no lo exige. Deben aparecer el período en el SIJP actual SIPA, ser liquidados en el sicam y presentar los ticket. Recomiendo hacer lo que hizo arandu2, léan el fallo que obtuvo en corrientes. Y esperar la resolución denegatoria e ir a la justicia. Basta de comparar a las circulares con la ley, la ley no dice lo que disparatadamente dicen las circulares ni disposición 01/2010. Para evitar perjudicar a sus clientes deben hacer lo que hizo arandu2. No interpongan recurso de reconsideración ni de revisión ante la CARSS, no le den trabajo a esos burlones inoperantes, vayan a la justicia con un amparo y RECLAMEN EL DAÑO MORAL, le van a hacer un gran favor a la Sociedad y a la inclusión previsional que quiso Nestor Kirchner, al hacer eso van a echar un montón de verificadores y empleados de ANSES que se creen de la GESTAPO y toda esa plata irá a la tercera edad donde debe ir.
El que quiera jubilar a una persona que necesita completar años debe comprar SDM pagar de aquí en adelante y de aquí para atrás. Y liquidarlos en el sicam y pagar los intereses (pagar lo menos posible). Se solicita el turno y se presentan solamente los ticket de pago. Nada más. Se espera la resolución denegatoria y se inicia un amparo. Se pide una medida cautelar. Desde que se inicia en la UDAI el expediente hasta que se cobra con la cautelar tardará 5 meses. De esta manera se evita molestar a terceros ajenos a la relación.
 #777209  por diegomdp
 
sanher escribió:Tuve un caso en UDAI Lomas. No lo quise comentar. Puse al primo hermano como dador, le hicieron la verificación y manifestó que le cortaba el pasto, porque otras personas no querían salir. Puse 8 horas semanales en la declaración jurada, y lo acordaron. Pero creo entender que no lo pueden hacer porque en primer lugar ya está acordado, en segundo lugar si quieren hacer valer esa cuestión ya no lo pueden hacer porque no lo hicieron valer en la resolución que acordó el beneficio y cometieron acto propio. La ley 25.239 no prohibe que los familiares salgan como dadores, salvo el supuesto que sean dependientes que encuentran en el decreto 326/56. Sinceramente lo que diga la GAJ en sus dictámenes de Gorki o goñi o Circulares ya no me interesan porque reina la incoherencia y la ilegalidad.
Hay que aclarar que cuando se inicia con SDM independientes no hay que presentar recibos de sueldo, de esa manera se evita denunciar al dador, y no presentar el anexo, la ley 25.239 no lo exige. Deben aparecer el período en el SIJP actual SIPA, ser liquidados en el sicam y presentar los ticket. Recomiendo hacer lo que hizo arandu2, léan el fallo que obtuvo en corrientes. Y esperar la resolución denegatoria e ir a la justicia. Basta de comparar a las circulares con la ley, la ley no dice lo que disparatadamente dicen las circulares ni disposición 01/2010. Para evitar perjudicar a sus clientes deben hacer lo que hizo arandu2. No interpongan recurso de reconsideración ni de revisión ante la CARSS, no le den trabajo a esos burlones inoperantes, vayan a la justicia con un amparo y RECLAMEN EL DAÑO MORAL, le van a hacer un gran favor a la Sociedad y a la inclusión previsional que quiso Nestor Kirchner, al hacer eso van a echar un montón de verificadores y empleados de ANSES que se creen de la GESTAPO y toda esa plata irá a la tercera edad donde debe ir.
El que quiera jubilar a una persona que necesita completar años debe comprar SDM pagar de aquí en adelante y de aquí para atrás. Y liquidarlos en el sicam y pagar los intereses (pagar lo menos posible). Se solicita el turno y se presentan solamente los ticket de pago. Nada más. Se espera la resolución denegatoria y se inicia un amparo. Se pide una medida cautelar. Desde que se inicia en la UDAI el expediente hasta que se cobra con la cautelar tardará 5 meses. De esta manera se evita molestar a terceros ajenos a la relación.
sanher veni a presentar un amparo con cautelar aca y te van asacar corriendo, todo el pais no es corrientes que te dan amparos con cautelares para jubilar a una milanesa, para que te dejen de descontar ganancias en una cautelar, etc etc etc
aca el amparo no es la via idonea ni apra la 884 ni para la integracion del haber minimo en un benefico de renta vitalicia pura, por ams que la camara haya dicho que si era la via, por lo tnato las generalizaciones no son buenas.
ademas no te podes guiar por un amparo que salio en corrientes para decir presenten sin dador, segun la ley 25239 hay un dador y ese dador esta identificado en el recibo, y sino hay dador te podrian alegar que trataste de hacer una captacion de beneficio con lo cual no lo veo tan livianito como lo ves vos, cuantos fallos hay que no le concedieron el beneficio por intertar captar un beneficio, si bien entiendo que la via judicial es la via apta para el atropello que esta haciendo control, no me parecen validos tus fundamentos para plantearlos en sede judicial
 #777373  por sanher
 
Jamás dije que el tema sea livianito. Al contrario, es un tema muy pesado y arbitrario. No todo el país es Corriente (tiene una Justicia Federal ejemplar y ejemplos de profesionales como Arandu2, si el país estuviera lleno de arandus el país sería otro).
Gracias a Arandu se logró un precedente que genera mucho peso y eso obliga al resto de los Jueces que ese remedio deba ser aceptado como única vía rápida y expedita. No viene mal que en un expediente haya existido dador/es y testigos que hayan reconocido la relación de trabajo, juega a favor, porque es mejor que abunde y que no falte, pero lo cierto es que la disposición 01/2010 y las circulares que le siguieron violan el principio de legalidad ya que el artículo 19 de la Constitución Nacional dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.” ¿Qué quiere decir? Que la ley 25239 la cual no fue reglamentada, no dice lo que ordena ANSES, ANSES violó ese principio. Y con la circular 56/11 le permite violar la garantía de la defensa en juicio que consagra el art. 18 de la Const. Nacional, le permite a la ANSES, si alguien interpuso un recurso de reconsideración, o a la CARSS si se interpuso un recurso de revisión, introducir una “cuestión ajena” a la resolución impugnada. No te violarían la defensa en juicio si en la Resolución que te deniega el beneficio, te lo hubieran denegado porque el dador es el hermano, vos tenes a quien quejarte administrativamente, interponiendo reconsideración ante ANSES o revisión ante la CARSS y discutir el tema. Pero distinto es cuando te resuelvan el recurso y te introduzcan una cuestión ajena que ANSES no hizo valer, comete acto propio y se la quiere enchufar al pobre Cristo.
Es la propia ANSES quien trata como milanesas a la tercera edad. Recordaba al General Balsa quien dijo en el programa de Bernardo Neustad: “Delinque quien recibe y cumple ordenes ilegales”. La culpa de toda la ilegalidad la tiene Bossio, pero también la tienen quienes resuelven y aplican esa normativa ilegal, son complices y/o coparticipes de la ilegalidad. Si leyeras el fallo de corrientes cuando habla de que se viola el principio de igualdad ahí tus temores caerían e iniciarías los trámites que temes iniciar.
Diego, no tengas miedo de iniciar los trámites, inicialo como te dije, vos sos de Mar del Plata, pero si necesita mi firma contá conmigo, lo mismo le ofrezco a hugo2 y a lilita09, (nombro a los que son contadores), hay que demostrar fehacientemente que se equivocaron groseramente y están en contra de la inclusión previsional que Nestor Kirchner quiso llevar adelante. Venite a Bs. As a tomar unos mate y nos hacemos amigos. Hay que levantar la bandera de él y correr a aquellos que dicen ser Kirchneristas y no lo son y permiten que los persecutivos de siempre que consideran milanesas a la tercera edad sigan decidiendo el futuro de muchas personas. El fallo de Arandu es un fallo demoledor.
 #777376  por noelin
 
UN MUY CLARO CASO DE MALVERSACION DE FONDOS: USAR LOS FONDOS DE ANSES PARA NETBOOKS Y OTRAS COSAS, Q SERAN UTILES, PERO NO SON LEGALES X EL ORIGEN DE LOS FONDOS
 #777735  por ctesio
 
Hola a todos!! Lamentablemente tengo novedades... Hoy ingresamos a la pagina de anses y resulta que en "Estado de Expendientes" figuraba todo en blanco los datos de mi mama, entonces al entrar en "Donde cobro" dice que "El Beneficio ha sido dado de baja" Ustedes pueden creer tanta crueldad??? Justo un día después de que esta basura gane las elecciones??? Lo unico que mi mama conserva todavía es el número de CODEM... Qué hago chicos??? En realidad... Hay algo que podamos hacer??? :?: :x :evil: :twisted:
 #777755  por ctesio
 
Uy Dios mio!!!!!!!!! Ahora entramos y tiene todos los datos otra vez como antes.... La van a matar de un infarto a mi pobre madre!!!! Yo ya no entiendo mas nada!!!!!!!!!
 #777809  por rpupy
 
tengo dos casos realess de sDM que trabajan hasta la actualidad como domesticas con recibo de sueldo legal y asi y todo estan con pago suspendido...uan verguenzaaa!!! les llego la carta para cobrarr y cuando van al banco estan suspendidas y en anses no saben nada... te dicen que hay que esperaa y ya llevo dos meses y ni miras de solucionarloo..!!!
alguien sabe que hacer
El empleador tiene los datos acreditados... estan todos los tikest de pago en el expediente la verificacion fue positiva y siguen sin cobrarr
 #777849  por Emma2011
 
rpupy escribió:tengo dos casos realess de sDM que trabajan hasta la actualidad como domesticas con recibo de sueldo legal y asi y todo estan con pago suspendido...uan verguenzaaa!!! les llego la carta para cobrarr y cuando van al banco estan suspendidas y en anses no saben nada... te dicen que hay que esperaa y ya llevo dos meses y ni miras de solucionarloo..!!!
alguien sabe que hacer
El empleador tiene los datos acreditados... estan todos los tikest de pago en el expediente la verificacion fue positiva y siguen sin cobrarr
Los mandaron a legales?
 #778225  por ctesio
 
A mi mamá le figura que el trámite pasó de la UDAI a COORD. REVIS.PREST.PASIVAS. lo que creo que significa que siguen verificando
 #778380  por drany
 
Hola ctecesio. Una pregunta. La gente que está llevando el trámite son abogados o gestores???????????. Si son gestores, en esta instancia deberías consultar con un abogado que presente un amparo fundado en la estabilidad del acto administrativo y atacando la decisión del organismo en base a las vías de hecho de la administración pública.- Suerte!
 #778422  por margot
 
ctesio escribió:Hola a todos!! Lamentablemente tengo novedades... Hoy ingresamos a la pagina de anses y resulta que en "Estado de Expendientes" figuraba todo en blanco los datos de mi mama, entonces al entrar en "Donde cobro" dice que "El Beneficio ha sido dado de baja" Ustedes pueden creer tanta crueldad??? Justo un día después de que esta basura gane las elecciones??? Lo unico que mi mama conserva todavía es el número de CODEM... Qué hago chicos??? En realidad... Hay algo que podamos hacer??? :?: :x :evil: :twisted:
Y cuándo apareció la información qué pasó con la basura? :lol: :lol:
Bromas aparte...tu mamá tiene los aportes o es un caso de sdm?
 #778594  por ctesio
 
La basura sigue estando porque la jubilación de mi mamá fue resuelta favorablemente, la dejaron ir a hacer cola en el banco y cuando llegó a la caja le dijeron que estaba bloqueada... Si eso no es ser basura y jugar con los sentimientos de la gente, entonces que es??
Se pagó todo junto 5 años de servicio doméstico, con la moratoria a pagar durante 5 años. Si ves todo lo que he escrito sabrás que mi mamá hace de los 12 años que labura sin parar... Es una injusticia mas grande que una casa lo que le están haciendo!!! :x
 #778819  por drany
 
Gran injusticia. Insisto, deberías consultar a un abogado/a previsionalista a fin de iniciar un amparo. Suerte!
 #778828  por ctesio
 
drany escribió:Gran injusticia. Insisto, deberías consultar a un abogado/a previsionalista a fin de iniciar un amparo. Suerte!
Gracias drany! Por ahora vamos a esperar ese 751 para ver que dice y si no pasa nada... amparo de una!!