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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #777303  por periquita
 
Heyjulles escribió:Hola! tengo una duda, en el régimen nacional, se bonifican en el cálculo del haber jubilatorio, los años de servicio que exceden el mínimo requerido? Desde ya, Gracias!!!!
NO
Saludos
 #777744  por lau
 
Hola queria consultar sobre que formularios y documentacion hay que presentar en el IPS para cambiar de la Jubilaicon automatica a la definitiva. El codigo ya lo tengo en la mano (tardaron año y medio) , pero no sabia si ademas hay que presentar fotoc de DNI, cuil, pantallas de ANSES y los formularios comunes para jub ordinaria, o si hay algo mas especifico. Mil gracias!
 #777768  por periquita
 
lau escribió:Hola queria consultar sobre que formularios y documentacion hay que presentar en el IPS para cambiar de la Jubilaicon automatica a la definitiva. El codigo ya lo tengo en la mano (tardaron año y medio) , pero no sabia si ademas hay que presentar fotoc de DNI, cuil, pantallas de ANSES y los formularios comunes para jub ordinaria, o si hay algo mas especifico. Mil gracias!
Todo lo que decís ya lo habrás presentado cuando llevaste al IPS para iniciar la JAD.
Ahora hay que desarchivar el expediente y pedir la liquidación definitiva, presentando el código.
Suerte
 #777956  por lau
 
Gracias Periquita! osea que no tengo que ir a iniciación de jubilaciones? y ... donde se pide el desarchivo? me fije en internet y el exp esta en el archivo de la JAD.
Es con una nota a la que se le adjunta el codigo? yo pense que era con los fomrulario para jub. ordinaria.
Nuevamente, muchas gracias!
 #782222  por periquita
 
lau escribió:Gracias Periquita! osea que no tengo que ir a iniciación de jubilaciones? y ... donde se pide el desarchivo? me fije en internet y el exp esta en el archivo de la JAD.
Es con una nota a la que se le adjunta el codigo? yo pense que era con los fomrulario para jub. ordinaria.
Nuevamente, muchas gracias!
Antes era en el edificio principal del IPS, donde está la JAD.
Ahora con los cambios no sé si será ahí o donde inician, preguntá.
Saludos
 #782348  por ccolalongo
 
Consulto por este caso, porque la mitad me contesta una cosa y la otra mitad otra:

59 años
32 años en ANSES con reco (los toman comunes por extraprogramaticas)
15 años en IPS según C-15

ingresó a la escuela el 01/03/1994 pero en el C-15 colocan que ingreso en el cargo en 1996

¿Puedo aplicar la 14.255? según en IPS (quien te toque) dice: "cumple los requisitos de 15 años" SI se puede, otros en DIPREGEP (también según quien te toque) dice "no es 01/01/1994" entonces NO.

¿Cuál vale? ¿ANSES, IPS? por ANSES no me dejan hasta los 60 por el tema "comunes" de las extraprogramáticas (también me dicen que según el abogado que te toque te lo cambia o no que está muy discutido); y de la 14.255 están quienes dicen que si y quienes que no.

Si me dan una idea. Gracias.
 #782398  por periquita
 
ccolalongo escribió:Consulto por este caso, porque la mitad me contesta una cosa y la otra mitad otra:

59 años
32 años en ANSES con reco (los toman comunes por extraprogramaticas)
15 años en IPS según C-15

ingresó a la escuela el 01/03/1994 pero en el C-15 colocan que ingreso en el cargo en 1996 ¿no se puede revertir?

¿Puedo aplicar la 14.255? según en IPS (quien te toque) dice: "cumple los requisitos de 15 años" SI se puede, otros en DIPREGEP (también según quien te toque) dice "no es 01/01/1994" entonces NO. El objetivo de la ley es favorecer a los que ESTABAN TRABAJANDO en las escuelas que se transfirieron, no para los otros. Pero como no lo dice expresamente podría pelearse. ¿Estás seguro que le conviene jubilarse por el IPS? En ANSES podría hacerlo ya, con el 82 % del último sueldo docente del IPS.

¿Cuál vale? ¿ANSES, IPS? por ANSES no me dejan hasta los 60 por el tema "comunes" de las extraprogramáticas Si llevás el reco con los 15 años docente del IPS lo prorratean y ya está en edad, lo que pasa es que el reco tarda (también me dicen que según el abogado que te toque te lo cambia o no que está muy discutido) ¿a qué te referís ?? ; y de la 14.255 están quienes dicen que si y quienes que no.

Si me dan una idea
[b]Tené en cuenta que en el IPS se jubilará con el 70 % del mejor cargo, y si es el que tiene ahora en ANSES le dan el 82 %.[/b]

. Gracias.
 #782449  por ccolalongo
 
Gracias Periquita, te cuento:

Del C-15 no modifican ni revierten NADA (muy mala relación laboral con el colegio)

En ANSES tiene el RECO ¡4! con 32 años de servicios todos COMUNES (aunque es docente desde 1983 pero como es extraprogramática es común según dicen)

Simultaneamente tiene los 15 años en el C-15, es docente de inglés pero con AMBAS horas a la vez (programáticas en IPS y extra en ANSES)

En ANSES me siguen que para jubilarla como docente tiene que tener 25 AÑOS de servicios DOCENTES pero no los tiene porque son 15 en IPS y simultaneo a ellos les figura COMUNES. Te aclaro que de su sueldo el 90% de las horas son IPS y solo el 10% es ANSES. Y me dicen que espere a los 60 y va como COMUN.

EN IPS según quien me toca me dice que va la 14.255 porque en los requisitos no se aclara nada de 1994 (es verdad eso dice la página) y otros me dicen que no. Algunos que no tiene nada que ver la transferencia del establecimiento (que si fue transferido en 1994 pero ella entra el 01/03/1994 y no el 01/01/1994)

Es un lío y encima la docente está con licencia psiquiatrica desde el año pasado y ya en reserva de puesto o sea que tengo que poner fecha de corte al 30/06/2011.

¿Se te ocurre algo? Gracias.
periquita escribió:
ccolalongo escribió:Consulto por este caso, porque la mitad me contesta una cosa y la otra mitad otra:

59 años
32 años en ANSES con reco (los toman comunes por extraprogramaticas)
15 años en IPS según C-15

ingresó a la escuela el 01/03/1994 pero en el C-15 colocan que ingreso en el cargo en 1996 ¿no se puede revertir?

¿Puedo aplicar la 14.255? según en IPS (quien te toque) dice: "cumple los requisitos de 15 años" SI se puede, otros en DIPREGEP (también según quien te toque) dice "no es 01/01/1994" entonces NO. El objetivo de la ley es favorecer a los que ESTABAN TRABAJANDO en las escuelas que se transfirieron, no para los otros. Pero como no lo dice expresamente podría pelearse. ¿Estás seguro que le conviene jubilarse por el IPS? En ANSES podría hacerlo ya, con el 82 % del último sueldo docente del IPS.

¿Cuál vale? ¿ANSES, IPS? por ANSES no me dejan hasta los 60 por el tema "comunes" de las extraprogramáticas Si llevás el reco con los 15 años docente del IPS lo prorratean y ya está en edad, lo que pasa es que el reco tarda (también me dicen que según el abogado que te toque te lo cambia o no que está muy discutido) ¿a qué te referís ?? ; y de la 14.255 están quienes dicen que si y quienes que no.

Si me dan una idea
[b]Tené en cuenta que en el IPS se jubilará con el 70 % del mejor cargo, y si es el que tiene ahora en ANSES le dan el 82 %.[/b]

. Gracias.
 #782682  por periquita
 
ccolalongo escribió:Gracias Periquita, te cuento:

Del C-15 no modifican ni revierten NADA (muy mala relación laboral con el colegio)

En ANSES tiene el RECO ¡4! con 32 años de servicios todos COMUNES (aunque es docente desde 1983 pero como es extraprogramática es común según dicen) Así es

Simultaneamente tiene los 15 años en el C-15, es docente de inglés pero con AMBAS horas a la vez (programáticas en IPS y extra en ANSES)

En ANSES me siguen que para jubilarla como docente tiene que tener 25 AÑOS de servicios DOCENTES
No es así, es suficiente con 10 frente a alumnos
pero no los tiene porque son 15 en IPS y simultaneo a ellos les figura COMUNES. Te aclaro que de su sueldo el 90% de las horas son IPS y solo el 10% es ANSES. Los de IPS ANSES los consiera DOCENTES
Y me dicen que espere a los 60 y va como COMUN. es un disparate ¿en qué UDAI te dicen eso, hablaste con un coordinador?

EN IPS según quien me toca me dice que va la 14.255 porque en los requisitos no se aclara nada de 1994 (es verdad eso dice la página) y otros me dicen que no. Algunos que no tiene nada que ver la transferencia del establecimiento (que si fue transferido en 1994 pero ella entra el 01/03/1994 y no el 01/01/1994) ya te di mi opinión

Es un lío y encima la docente está con licencia psiquiatrica desde el año pasado y ya en reserva de puesto o sea que tengo que poner fecha de corte al 30/06/2011.

¿Se te ocurre algo? Gracias. Insistir en ANSES. tienen que jubilarla como docente con el 82 % del sueldo del IPS
 #782764  por fito657
 
Hola Periquita, tener años como docente al frente de alumnos con pocas horas (3 0 4) te sirven como años de aportes (enteros) para jubilarte por anses y/o por IPS?
 #782832  por periquita
 
fito657 escribió:Hola Periquita, tener años como docente al frente de alumnos con pocas horas (3 0 4) te sirven como años de aportes (enteros) para jubilarte por anses y/o por IPS?
Sí en los dos casos.

Saludos
 #783434  por mpd019
 
Hola amigos, necesito jubilar a un sr. por ips, tiene 22 años, aun esta ejerciendo y ya tengo un reco de anses por 7 años. tiene 40 modulos y dentro de los 22 años tiene 7 por ruralidad. Nunca hice una jubilacion por ips, pero el hombre es amigo de mi padre ahora estoy en un apriete;: podrian darme una mano, con un paso a paso de lo que tengo q hacer para jubilarlo y que formularios tengo q presentar este hombre tiene 59 años y se quiere jubilar por la automatica. Muchisimas gracias de corazonnn. Estoy desorientada
 #783739  por periquita
 
mpd019 escribió:Hola amigos, necesito jubilar a un sr. por ips, tiene 22 años, aun esta ejerciendo y ya tengo un reco de anses por 7 años. tiene 40 modulos y dentro de los 22 años tiene 7 por ruralidad. Nunca hice una jubilacion por ips, pero el hombre es amigo de mi padre ahora estoy en un apriete;: podrian darme una mano, con un paso a paso de lo que tengo q hacer para jubilarlo y que formularios tengo q presentar este hombre tiene 59 años y se quiere jubilar por la automatica. Muchisimas gracias de corazonnn. Estoy desorientada
Hola mdp019
A lo mejor algún forista puede hacerlo , por mi parte ando con poco tiempo y además creo que escapa a la finalidad del foro.
Disculpame, te sugiero que leas lo muchísimo escrito que hay sobre docentes y JAD y también la página del IPS, para entrar en tema. Luego preguntá algo más puntual.
Saludos
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