Hola según el art 367 los parientes por consanguinidad se deben alimentos, Puede un abuelo pedir alimentos en lugar de su Hija al ex cònyuge. ? es decir está legitimado el abuelo, siendo que la madre no los reclama , pero la situación hace que el abuelo que por otro lado es el que pone hoy por hoy el dinero, se presente ante loos estrados y los solicte . .. està legitimado éste . ?