Recurro a uds. para ver si me pueden ayudar, les explico: en un tribunal de familia de la ciudad de santa fe me fijaron una cuota provisoria de alimentos a favor de mi parte; el demandado es empleado del ejercito, en el oficio que me contestaron para acreditar la capacidad económica me dijeron del ejército (aca en santa fe donde presta servicios):"...para la retención de la cuota va a tener que tramitarlo ante la Contaduría General del ejército con domicilio en calle Piedras 141 -CP 1070AAC- CABA...". Mi duda es: tengo que oficiar a esa contaduraía a través de un oficio-ley (no se si la ciudad de Buenos Aires adhirió, en su caso no se a que juzgado) o yo cumplo oficiando a la delegación del ejército aca en santa fe con un oficio simple de retención de haberes y a ellos les toca ocuparse.
La verdad que no tengo mucha experiencia y no se la solución, agradezco su ayuda
La verdad que no tengo mucha experiencia y no se la solución, agradezco su ayuda