Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • FLAGRANCIA 353 BIS . SE RUEGA AYUDA

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #777708  por Fnacif
 
Hola gente, antes que todo dejenme decirle que no soy abogado, estoy haciendo un curso en donde me dan un caso de flagrancia ( lo tengo que hacer por el 353 bis. ) en donde hay una arrebato y beuno ... lo que tengo que entregar es :
- Decreto inicial ( auto ) en donde le de entrada a la denuncia y se pida tomar declaracion
- acta del 353 donde se hace conocer el hecho que se le imputa y las pruebas en su contra
- llamar a testigos a declarar
- hacer el acta de declaracion testimonial
- por ultimo elevar a juicio

La verdad no se ni por donde empezar .
Por favor alguien que trabaje en un juzgado de instruccion si me puede dar una mano o decir de donde puedo sacar modelos de estos 5 puntos que marque
Muchas gracias de corazon a todos
 #779141  por lavueltadelgt
 
Fnacif escribió:Hola gente, antes que todo dejenme decirle que no soy abogado, estoy haciendo un curso en donde me dan un caso de flagrancia ( lo tengo que hacer por el 353 bis. ) en donde hay una arrebato y beuno ... lo que tengo que entregar es :
- Decreto inicial ( auto ) en donde le de entrada a la denuncia y se pida tomar declaracion
- acta del 353 donde se hace conocer el hecho que se le imputa y las pruebas en su contra
- llamar a testigos a declarar
- hacer el acta de declaracion testimonial
- por ultimo elevar a juicio

La verdad no se ni por donde empezar .
Por favor alguien que trabaje en un juzgado de instruccion si me puede dar una mano o decir de donde puedo sacar modelos de estos 5 puntos que marque
Muchas gracias de corazon a todos
Afortunadamente, no trabajo en ningún juzgado de instrucción, sino le podría dar una mano.
*cafe* El Gran Torrente
 #779572  por DOCTORAHORRO
 
JAJAJA ESTO ME SUENA FAMILIAR...NO ESTARAS HACIENDO EL CURSO DE INGRESO QUE DA LA PROCURACION GENERAL DE LA NACION NO??? LAS CAUSA DE 353 BIS SON SIMPLES....PENSALO ASI: EL IMPUTADO ES ENCONTRADO COMETIENDO EL ILICITO EN ESE MISMO MOMENTO O EN EL ITER CRIMINIS SI QUERES...EN EL AUTO DE APERTURA LE DAS INGRESO A LA CAUSA, ASENTAS LA IMPUTACION Y DELIMITAS LA PRUEBA QUE TENES (ACTA DE SECUESTRO, TESTIGOS, FOTOS, ETC.). EN ESE MISMO AUTO LO CITAS A LA AUDIENCIA DEL ACTA DE 353 PREVIA NOTIFICACION A LA DEFENSORIA...LUEGO LE TOMAS EL ACTA...DESPUES ELEVACION, SOBRESEIMIENTO LISTO MAS FACIL ECHALE WATER!