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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #779661  por suntsu
 
Hola soy de Rosario y te hago una consulta:
Tiene alguien un modelo de pedido de traba de embargo preventivo de sueldo, por cuota alimentaria, ya desde la demanda. (No necesito toda la demanda sino solo la petición provisoria de embargo)
Mi clienta es la madre y ella y su hija no tienen ni un peso para comer y el marido gana más de $5000 y no podemos esperar hasta la primera audiencia que me la van a dar dentro de un mes por lo menos.
Este hombre está loco. Porque odia a su esposa no le quiere pasar alimentos a su hija.
Desde ya gracias! Es lo único que me falta para ingresar la demanda el lunes.
 #779679  por abogadorosario
 
Hola, primero tenés que pedir los alimentos provisorios dentro del texto de la demanda, algo más o menos asÍ:

FIJACION DE ALIMENTOS PROVISORIOS: Existiendo verosimilitud del derecho alimentario que asiste alos menores, y considerando la necesidad impostergable de atender a la subsistencia de los mismos, la que hoy por hoy es materialmente imposible de satisfacer por carecer la suscripta de recursos propios suficientes, solicito a V.S. fije como cuota provisoria a pagarse por el demandado durante el proceso y en el plazo que se determine, por la suma de pesos ya referida.-

Y después (si sabés donde trabaja el demandado) en el petitorio le ponés:
c) SOLICITA RETENCION CUOTA ALIMENTARIA: sobre los haberes y/o sueldo y/o cualquier otra remuneración que perciba el demandado como dependiente de ....(nombre de la empresa o firma donde trabaja el demandado) por las sumas que V.S. estime pertinentes, disponiéndose su depósito en cuanta a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Agencia Caja de Abogados, a la orden del Tribunal y para esta causa, librándose oficio a tal fin.-

Si no sabés donde trabaja podés averiguarlo en una oficina que se llama BDR, está en calle urquiza frente al Registro de la Poropiedad, o podés pedir que se libren oficios a Anses para que te informen. Saludos
 #779720  por suntsu
 
Hola, primero gracias por responder.
Los datos laborales los tengo. Completando la consulta: debo fundar la petición en el art. 531 del CPCC?
Saludos!
 #779740  por abogadorosario
 
Es indiferente hacer mención del art., con que pidas los alimentos provisorios ya está. Después, dependiendo de cada tribunal, puede suceder: 1) que te fijen directamente los alimentos provisorios y se ordene la retención (no es embargo, sino retención; son dos cosas distintas), o 2) que fijen una audiencia que puede servir para llegar a un acuerdo definitivo, o en caso de inasistencia del demandado o falta de acuerdo, fija el juez los provisorios y ordena la retención. Saludos