Hola
Sabemos que un imputado puede tener mas de un defensor. Que hay defensores oficiales y defensores particulares.
Pero se puede dar que lo defiendan al mismo tiempo el defensor oficial y uno particular?
Desde ya muchas gracias.
ART 90.- Número de defensores.- El imputado podrá ser defendido por más de un (1) defensor.
Cuando intervenga más de un (1) defensor, la notificación hecha a uno de ellos valdrá respecto a todos y la sustitución de uno por el otro no alterará trámites ni plazos.
Sabemos que un imputado puede tener mas de un defensor. Que hay defensores oficiales y defensores particulares.
Pero se puede dar que lo defiendan al mismo tiempo el defensor oficial y uno particular?
Desde ya muchas gracias.
ART 90.- Número de defensores.- El imputado podrá ser defendido por más de un (1) defensor.
Cuando intervenga más de un (1) defensor, la notificación hecha a uno de ellos valdrá respecto a todos y la sustitución de uno por el otro no alterará trámites ni plazos.